JUEVES, 28 DE NOV

Repercusiones y detalles de la Ley de Derribos

La declaración de la Emergencia en Seguridad pública por parte del Gobierno ya generó controversias y debates. Para el ex secretario de seguridad de la Nación, Sergio Berni, "es una pena de muerte sin juicio previo".

El ex secretario de seguridad de la Nación, Sergio Berni, cuestionó aspectos de la «Emergencia en Seguridad Pública» declarada ayer por el gobierno nacional

El ex secretario de seguridad de la Nación, Sergio Berni, cuestionó hoy algunos aspectos de la «Emergencia en Seguridad Pública» declarada ayer por el gobierno nacional, y puntualizó que «la Ley de Derribos», prevista en el decreto como herramienta para combatir al narcotráfico, «es una pena de muerte sin juicio previo».

El ex funcionario sostuvo que esa norma tendrá inconvenientes «de tipo legal» porque «en la Argentina la pena de muerte está prohibida» y recordó que este país adhirió a tratados internacionales que no le permitirían aplicarla.

Al analizar la Ley de Derribos, el senador bonaerense sostuvo que su aplicación en distintos países «no ha demostrado importantes avances (en términos de seguridad) y ha generado costos de vidas inocentes».

Durante una entrevista con el noticiero matutino de CN23, el legislador provincial recordó que la «emergencia en seguridad» fue tratada la semana pasada a nivel bonaerense y sostuvo que el decreto dispuesto por la gobernadora Maria Eugenia Vidal «lo único que hizo fue permitir que las compras de

Seguridad no estén bajo los mecanismos habituales de control público».
«A nivel nacional se transpola en algo similar», opinó, aunque agregó: «Cuando esté funcionado veremos los resultados».

Por su parte, el actual secretario de Seguridad, Eugenio Burzaco, calificó como «una hipocresía» los cuestionamientos a la ley de derribo, argumentando que «en los últimos diez años», la misma normativa se aplicó «en nueve oportunidades».

La ley de derribos se aplicó en el país en dos oportunidades y en otros países de la región está vigente

La llamada ley de derribo, utilizada en Argentina sólo en dos situaciones puntuales en el marco de cumbres de presidentes y con vigencia en algunos países de América latina desde hace unos años, está desde ayer vigente en el país por un período de un año, luego que el presidente Mauricio Macri firmara un decreto de emergencia en seguridad pública que incluye la medida cuestionada por algunos referentes políticos de la oposición, y reclamada desde hace tiempo por otros, que la consideran una herramienta en la lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado..

El gobierno nacional declaró ayer mediante decreto la Emergencia de Seguridad Pública en todo el territorio argentino por el término de un año, con el objetivo de revertir «la situación de peligro colectivo» creada por el delito complejo, el crimen organizado y el narcotráfico, que incluye un fuerte control del espacio aéreo.

El decreto establece la aprobación de Reglas de Protección Aeroespacial, cuya autoridad de aplicación serán las Fuerzas Armadas, orientadas a identificar, advertir, intimidar y hacer uso de la fuerza (como último recurso) a vectores incursores en el espacio aéreo argentino.

Esta norma, que ya tiene vigencia en algunos países de América latina afectados por el narcotráfico, faculta a la Fuerza Aérea a derribar aeronaves civiles sospechosas de traficar drogas que no acaten las órdenes de identificación y aterrizaje.

En Brasil, la ley de derribo fue aprobada en 2004 durante el gobierno de Luiz Inacio «Lula» Da Silva, y permite el derribo de aviones ilegales, aunque establece nueve procedimientos que se deben cumplir antes de disparar, entre los cuales figura la aprobación del presidente como luz verde para el derribo por parte de las fuerzas aéreas.

Chile dispone de una ley de derribos, que fue sancionada en 2006 durante el gobierno de Michelle Bachelet, en tanto que Colombia es uno de los pioneros en esta medida destinada a combatir el narcotráfico.

Ecuador también tiene esta ley para evitar cualquier penetración de las guerrillas y los carteles narco, al igual que Perú.

Paraguay no tiene una legislación de este tipo, aunque en los últimos tiempos comenzó a impulsar un proyecto para su aprobación, en tanto que Uruguay cuenta con normas para controlar su espacio aéreo, incluido el derecho a derribar aeronaves hostiles o que se sospeche que participan en actividades ilegales.

Venezuela cuenta con la Ley de Interceptación Aérea, promulgada por el presidente Hugo Chávez en 2011, contra aquellos aviones que utilicen el espacio aéreo para traficar drogas, mientras que Bolivia cuenta con esta ley de defensa aérea desde el 2014, cuando el presidente Evo Morales sancionó esta norma por la cual las Fuerzas Armadas podrán abrir fuego contra naves implicadas en el tráfico de drogas o que violen la seguridad nacional.

Lo que buscan los países con esta ley es establecer seguridad en su espacio aéreo e imposibilitar que sean utilizados como rutas por el narcotráfico, ya que el uso de avionetas es habitual para el tráfico de drogas y armas.

A partir del incrementó en los últimos en la Argentina de la presencia de bandas narco, el país dejó de ser un actor marginal en el mapa del narcotráfico, por lo que distintos sectores de la oposición (UCR, Peronismo Federal y PRO) comenzaron a reclamar esta ley para contener el ingreso de estos grupos, e incluso presentaron tres proyectos de ley en la cámara de Diputados con el objetivo de reglamentar la posibilidad de abrir fuego contra las naves que ingresen ilegalmente a cielo argentino trasladando droga.

Durante el anterior gobierno, el entonces oficialismo se opuso sistemáticamente a la aprobación de una ley de derribo y sólo en dos situaciones, durante la gestión de Néstor Kirchner, primero, y luego de Cristina Fernández de Kirchner, se utilizó este recurso a un acotado período de tiempo.

El decreto 1345/2005, con la firma de Néstor Kirchner, habilitó de manera extraordinaria la norma de derribo durante el período en el que se realizó la Cumbre de las Américas en Mar del Plata (2005), teniendo en cuenta la presencia en el país del entonces presidente de Estados Unidos, George W. Bush, entre otros 34 mandatarios.

El decreto 2415/2014 de Cristina Fernández de Kirchner dispuso en el marco de la Cumbre del Mercosur que tuvo lugar en 2014 en Paraná, el «levantamiento del Secreto Militar de las Reglas de Empeñamiento para la Defensa Aeroespacial (REDA)», en el que se establecía un plan para garantizar la seguridad de los presidentes extranjeros que visitaron la provincia, también por tiempo ilimitado.

En cuanto a la aplicación de esta ley en los países en los que tiene vigencia, hasta el momento únicamente Venezuela, Colombia y Perú atacaron aviones civiles, ya que Chile y Brasil, por ejemplo, no llegaron a utilizarla.

Emergencia de Seguridad Pública

El decreto especifica delitos tales como producción, tráfico y comercialización de estupefacientes (Ley 23.737), de contrabando de armas y contrabando de estupefacientes (Ley 22.415), los relacionados con las actividades de una asociación ilícita calificada (artículo 210 bis del Código Penal) o con una asociación ilícita terrorista (artículo 41 quinquies del mismo Código).

Del mismo modo se refiere a los delitos relativos a las asociaciones ilícitas (artículo 210), organizadas para cometer delitos con fines políticos o raciales, los de fraude contra la Administración Pública (artículo 174, inciso 5°) y contra la Administración Pública (todos del Código Penal).

Además consigna los delitos de prostitución de menores y pornografía infantil (artículos 125, 125 bis y 128), de financiación del terrorismo (artículo 306) y de extorsión (artículo 168, todos del Código Penal), los previstos en la Ley 24.769 (Régimen Penal Tributario) y de trata de personas (Ley 26.364).

El Gobierno deja a cargo de los Ministerios de Seguridad, de Defensa y de Transporte la tarea de reforzar los mecanismos de seguridad en todos los medios de transporte aéreos.

También concede la adquisición del material indispensable para incrementar la vigilancia de la frontera fluvial, los puertos y los espacios marítimos de jurisdicción nacional.

Crea además el gabinete de Seguridad Humana que tendrá a su cargo coordinar las tareas de las diferentes carteras en lo atinente a la Emergencia.

Autoriza al Ministerio de Seguridad a convocar personal retirado de la Policía Federal, Prefectura, Gendarmería y Policía Aeroportuaria que no hayan sido condenados por delitos de lesa humanidad, estén actualmente procesados penalmente o pasados a retiro por razones disciplinarias.

También, el Ministerio de Seguridad propondrá al Poder Judicial celebrar un convenio con el fin de interconectar el sistema información de la Justicia Nacional con el Sistema Federal de Comunicación Policiales, y además tendrá que establecer con la Administración Federal de Ingresos Públicos los estándares y la normativa de seguridad de las zonas primarias aduaneras.

A partir de la norma, se crea el “Operativo Fronteras”, que reemplaza al “Escudo Norte” con carácter permanente, y se adopta en forma inmediata las medidas para dotar de dispositivos materiales, técnicos y tecnológicos a la Zona de Frontera, que incluye una radarización para el “eficiente control” fronterizo.

También dispone el levantamiento del secreto militar de las reglas de Empeñamiento para la Defensa Aeroespacial que había sido establecido por el decreto 2415 del año 2014.

El decreto establece la aprobación de Reglas de Protección Aeroespacial, cuya autoridad de aplicación serán las FFAA, orientadas a identificar, advertir, intimidar y hacer uso de la fuerza (como último recurso) a vectores incursores en el espacio aéreo Argentino.

Serán declaradas “hostiles” aquellas naves, cuando tengan entidad suficiente para “perturbar, poner en riesgo o causar un daño” en el territorio nacional.

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