Durante la jornada de ayer se realizaron las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias en gran parte del territorio nacional. Más de 790 mil rosarinos estuvieron habilitados para dejar su voto en las urnas, pero como es sabido, no todos pueden hacerlo siempre.

Para aquellas personas que por alguna razón justificable tuvieron un impedimento para cumplir con el proceso de votación, a continuación les informamos del procedimiento que deben seguir para no sufrir las consecuencias.

– El plazo para justificar la ausencia es de 60 días.

– El trámite es presencial en la Secretaría Electoral correspondiente al último domicilio o en la Cámara Nacional Electoral (en el horario de 7.30 a 13.30, de lunes a viernes).

– En dicho trámite se deberá llevar el DNI y el certificado correspondiente al motivo de la ausencia (enfermedad, cuestiones laborales, entre otros). Una vez realizado, se entregará una constancia de no emisión del voto.

– También se puede realizar por Internet a través de infractores.padron.gob.ar.

¿Y si no justifico la ausencia?

– En caso de no haber emitido voto en solo un acto electoral (primarias o generales) el valor de la multa será de cincuenta pesos $50. El que no se presentó en las primarias y tampoco lo hace en las generales, deberá pagar 100 pesos más (o sea, $150).

– Si no se abona la multa, los infractores serán sancionados con la imposibilidad de realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales o municipales durante un año.