El diputado nacional del PRO Pablo Tonelli presentó este lunes un proyecto de ley que apunta a reglamentar los procedimientos para la renovación o cese de cargos de magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público de la Nación que alcancen los 75 años de edad.

La iniciativa establece criterios diferentes para proceder por límite de edad según se trate de integrantes de la Corte Suprema y demás magistrados de tribunales federales inferiores, del Procurador General de la Nación y el Defensor General de la Nación, o el resto de los magistrados del Ministerio Público.

En el caso de los jueces de la Corte Suprema y de tribunales federales inferiores, el magistrado en cuestión recibirá una intimación del Consejo de la Magistratura un año antes de cumplir los 75 años para que responda en un plazo de cinco días hábiles su voluntad de permanecer en el cargo o darlo por finalizado.

Si la respuesta fuera positiva, el Consejo de la Magistratura «informará de ello al Poder Ejecutivo Nacional (PEN), y en caso contrario, llamará de inmediato a concurso para cubrir la futura vacante».

Una vez que el PEN tenga en sus manos el informe del Consejo, tendrá dos días hábiles para definir la situación: si consiente la renovación del cargo del juez por cinco años (es decir hasta los 80 años), requerirá un examen psicológico y psicotécnico que tendrá carácter reservado.

«El nuevo nombramiento por parte del Poder Ejecutivo tendrá una duración de cinco años y podrá repetirse indefinidamente», indica el proyecto al que NA tuvo acceso.

En relación al límite de edad correspondiente al cargo del Procurador General de la Nación y del Defensor de la Nación, el mecanismo es ligeramente distinto: en este caso será el PEN el encargado de solicitarle al magistrado que esté por alcanzar los 75 años de edad un informe en el que conste su voluntad de seguir en el cargo o cesar en él.

La contestación deberá llegar a los cinco días hábiles, y si fuera por la positiva, el PEN ordenará un examen psicológico y psicotécnico.

Por último, el proyecto reglamenta el procedimiento que debe ponerse en marcha en el caso de los magistrados del Ministerio Público: aquí también la decisión final queda librada al PEN.

Un año antes de que cumpla los 75 años, el Defensor General de la Nación o el Procurador General de la Nación (quien corresponda según el caso) requerirán al magistrado que deje por escrita su voluntad de continuar o no en el cargo en un plazo de cinco días hábiles.

Recibida la comunicación, se deberá informar al PEN, que a su vez tendrá diez días hábiles para decidir si «instar o no el procedimiento para efectuar un nuevo nombramiento del magistrado en cuestión».

«Si la respuesta del Poder Ejecutivo Nacional fuera negativa, el Procurador General de la Nación o el Defensor General de la Nación notificarán al magistrado de que se trate y, de inmediato, llamarán a concurso público de oposición y antecedentes para cubrir la futura vacantes», menciona la normativa propuesta por Tonelli, quien se desempeña como presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados y miembro del Consejo de la Magistratura.

Consultado sobre el proyecto, el diputado macrista sostuvo que «es necesario fijar determinadas pautas y procedimientos para que brinden la mayor posibilidad de certeza y transparencia al sistema ideado por la última Convención Constituyente».