El juez federal Ariel Lijo rechazó hoy la recusación en su contra que la ex presidenta Cristina Kirchner presentó el viernes pasado, acusándolo de «falta de imparcialidad» en las investigaciones abiertas por la denuncia por presunto encubrimiento del atentado a la AMIA que realizó el fallecido fiscal Alberto Nisman.

El magistrado, que tiene a su cargo la investigación de la denuncia de Nisman contra Cristina, Héctor Timerman y otros funcionarios, por el presunto encubrimiento a los sospechosos iraníes de haber atentado contra la AMIA, negó, entre sus argumentos para rechazar el planteo, que pueda trasladarse a esta causa el criterio de «pérdida de imparcialidad» por el cual fue separado de los expedientes que investigaban maniobras de encubrimiento del atentado.

Además, dijo que no participó de ninguna reunión con el juez Claudio Bonadio y el fiscal Germán Moldes para armar una estrategia judicial contra la ex presidenta, otro de los argumentos que esgrimió la defensa de Cristina, a cargo de los abogados Alejandro Rúa y Graciana Peñafort.

«Es posible afirmar que los objetos procesales de ambas investigaciones difieren totalmente, más allá de una matriz similar (atentado a la sede de la AMIA) que cualquier caso criminal pueda tener», escribió Lijo en su fallo.

Según planteó Lijo, la ex presidenta «argumentó que, al haber sido apartado por falta de imparcialidad en la causa en que se trataron irregularidades en la investigación del atentado a la sede de la AMIA, o su encubrimiento, es que debía apartarme del trámite de la presente».

En ese sentido, el juez explicó que «la parte intenta trasladar cuestiones de un expediente totalmente distinto al presente en su objeto».

Para el titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 4, «la requirente en ningún momento adujo motivos reales y específicos en torno a la falta de imparcialidad en estas actuaciones».

«No encuentro razones que respalden su planteo vinculado con sus dudas acerca de mi imparcialidad. Más aún si tengo en cuenta que su pedido, justificado a través del modo y la forma de instruir en la investigación por otros hechos distintos, jamás podría ser utilizado como nexo con el presente», asevera el juez.

En su pedido, Cristina recusó a Lijo y también a Bonadio, y pidió que las actuaciones queden a cargo del juez Rodolfo Canicoba Corral, que interviene en la causa AMIA.

El pedido de recusación presentado por Cristina incluía fragmentos de un artículo periodístico de opinión publicado por el diario Clarín, en el que se informaba sobre una supuesta reunión en la que estuvieron presentes Lijo, Bonadio y Moldes, en la que se habría acordado una estrategia judicial contra la ex mandataria.

«Dicho episodio es totalmente falso, ello jamás sucedió. Nunca me reuní con Moldes, Bonadio, ni con alguna otra persona para acordar absolutamente nada respecto del presente expediente, ni de ningún otro», subrayó el juez.

En el fallo, Lijo concluye que «no existe ningún elemento concreto para considerar que me encuentro comprendido en alguno de los supuestos previstos por el artículo 55 del Código Procesal Penal». Y añadió: «No poseo un interés personal en la causa