El Senado aprobó la emergencia económica luego de un debate que inició más tarde de lo previsto, pasadas las 19:00 del viernes, y en el que oficialistas y opositores cruzaron críticas sobre la iniciativa.

En el oficialismo, el cordobés Carlos Caserio -que abrió el debate- remarcó que «la pobreza llegó a 40,8%», mencionó la «tremenda deuda externa de 276.686 millones de dólares» e indicó: «La emergencia es el modo que tenemos para salir de este problema. Esta ley es para poner a la Argentina en movimiento y que no siga parada».

Además, destacó el congelamiento de tarifas eléctricas y de gas por 180 días que establece la nueva ley y la posibilidad de que «las pymes no inscriptas lo hagan para percibir los beneficios de condonación de multas, intereses punitorios y resarcitorios», entre otros puntos.

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En tanto, la santafesina María de los Ángeles Sacnun defendió la cesión de facultades al Poder Ejecutivo al afirmar que el Congreso tendrá «un control» sobre esa delegación y destacó que el restablecimiento de las retenciones será con «segmentación» entre pequeños y grandes productores, algo que fue incorporado por la Cámara de Diputados.

«Yo soy orgullosamente productora agropeucaria y creo que esta segmentación es un logro histórico, porque siempre hemos planteado la necesidad de tratar de manera desigual a los que son desiguales, tratarlos igual es una injusticia», señaló.

Por la oposición, uno de los más duros fue el bonaerense Esteban Bullrich, quien consideró que «esta ley hace del Congreso una herramienta inútil para la construcción de consensos» y sostuvo que «diluye» el discurso que tuvo el presidente Alberto Fernández en su asunción.

El porteño Martín Lousteau, en tanto, sostuvo que «en campaña el Presidente dijo que el aumento a los jubilados iba a ser sacándole plata a los bancos y ahora le saca plata a los jubilados».

Por su parte, el entrerriano Alfredo De Ángeli, quien se hizo famoso en 2008 por la pelea por la suba de retenciones, se refirió a ese punto y señaló: «Esta es una cámara federal y este tipo de impuestos va en contra de nuestras provincias».

Ley facultó al Ejecutivo para subir retenciones y establecer segmentaciones a pequeños productores

El Congreso facultó al Poder Ejecutivo a aumentar los derechos de exportación en tres puntos porcentuales para determinados productos agropecuarios y a establecer «mecanismos de segmentación y estímulo» para pequeños productores y cooperativas que serán alcanzadas por las retenciones.

Asimismo, la norma -que sufrió modificaciones durante su tratamiento en la Cámara de Diputados promovidas por el Gobierno- plantea que «las modificaciones de las alícuotas deberán ser informadas por el PE ante una comisión integrada por miembros del Poder Legislativo, del Consejo Federal Agropecuario y representantes de las entidades y organizaciones representativas del sector agropecuario para que se expidan al respecto».

La ley prevé darle la facultad al PE de aumentar en tres puntos porcentuales los derechos de exportación de determinados productos agropecuarios y establecer nuevos topes.

De esta manera, el Ejecutivo podrá incrementar las retenciones al poroto de soja hasta 33%, mientras que los cereales como el maíz y el trigo podrían llegar hasta 15%.

Las carnes, la leche en polvo, la lana y otras producciones hasta el momento tributan 9%, aunque el ejecutivo podría llevarlas hasta el tope de 15%.

Por su parte, las producciones agroindustriales de las economías regionales se ubicarán en 5%, productos a definir por el Gobierno.

En la sesión en Diputados se incluyó un artículo en el cual el Gobierno «deberá establecer mecanismos de segmentación y estimulo tendiente a mejorar la rentabilidad y competitividad de los pequeños productores y cooperativas cuyas actividades se encuentren alcanzadas por el eventual aumento de la alícuota de los derechos de exportación».

Asimismo, «establecerá criterios que estimulen la competitividad de la producción federal en función de las distancias entre los centros de producción y los de efectiva comercialización».

Estos dos nuevos puntos no contaron en la aprobación de la Ley con mayores detalles o informes de los montos de compensación.

Otro cambio que se realizó fue que los tres puntos porcentuales del valor incremental de los derechos de exportación previstos en la ley se destinarán «a la creación de un fondo solidario de competitividad agroindustrial para estimular la actividad de pequeños productores y cooperativas a través de créditos para la producción, innovación, agregado de valor y costos logísticos», que será administrado por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.

El ley de emergencia sancionada en el Senado otorga facultades al Ejecutivo frente a la crisis

Los principales puntos de la ley son los siguientes:

DIVISAS
-Se crea un impuesto a la adquisición de dólares del 30 por ciento que se aplicará tanto para su atesoramiento como para compras realizadas en el exterior con tarjeta de crédito y débito. Este impuesto regirá por cinco años y comenzará a aplicarse sobre las operaciones hechas una vez que la Ley sea sancionada.

-Se eximen del impuesto a los viajes internacionales a países limítrofes.

-Este tributo no se aplicará para los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato y utilización de plataformas educativas. Ni para proyectos de investigación.

-El gobierno podría disminuir la alícuota del impuesto o suspender el mismo si lo considera necesario.

-La recaudación del impuesto se utilizará en un 70 por ciento para financiar los programas de la Anses, y 30 por ciento para solventar obras de infraestructura económica y vivienda social, financiar el fideicomiso.

DEUDA PÚBLICA

-Se faculta al gobierno a realizar las gestiones y los actos necesarios para recuperar y asegurar la sostenibilidad de la deuda pública.

-El gobierno deberá informar los resultados de esta negociación ante la comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control de la Gestión de Contratación y de Pago de la Deuda Exterior de la Nación del Congreso.

TARIFAS

-El gobierno quedará facultado para iniciar un proceso de renegociación de la Revisión Tarifaria Integral vigente por el plazo de meses, y podrá intervenir por un año los entes reguladores de electricidad y gas.

PYMES

-Se instrumentará un plan de moratoria para el pago de deuda de las micro y mini pymes, con excepción de aquellas deudas vinculadas a las ART, impuestos de combustibles y sobre juegos de azar.

-Habrá rebajas de contribuciones patronales para las empresas pequeñas y medianas.

-También se da autorización para que el gobierno pueda segmentar las alícuotas para pymes agropecuarias.

IMPUESTOS

-Se modifica el mecanismo para calcular el ajuste por inflación en los balances de las empresas.

-Se aumentan en forma progresiva el impuesto de bienes personales pero se mantienen exceptuadas a pagar el impuesto a los bienes que no superen los tres millones de pesos.

-Se aumenta la alícuota de bienes personales para los activos en el exterior.

-Suben montos mínimos para el pago de impuestos internos a la importación de vehículos, motos y embarcaciones deportivas.

-Duplican tasas de estadística para importar bienes de consumo

-Los bonos, cajas de ahorro y plazos fijos en pesos ya no pagarán renta financiera.

AGRO

-El proyecto contempla otorgar facultades al Poder Ejecutivo para incrementar en tres puntos porcentuales los derechos de exportación a productos agrícolas con topes que no podrán superar el 33% para el poroto de soja y del 15% para los productos que no tributaban la alícuota antes del 2 de septiembre de 2018, entre los que se encuentran el maíz y el trigo, entre otros.

-El Poder Ejecutivo deberá establecer mecanismos de compensación de los efectos de los derechos de exportación específicos para pequeños productores y cooperativas.

-Las exportaciones en materia minera y de hidrocarburos tendrán un tope del 8%.

-La recaudación de los derechos de recaudación se distribuirán en un 67% para Anses y 3% para emprendimientos agropecuarios, y será administrado por el Ministerio de Agricultura.

JUBILACIONES

-Se suspende por plazos por 180 días la aplicación de la movilidad jubilatoria.

-Autoriza al gobierno a poder fijar trimestralmente los incrementos que otorgará a la clase pasiva.

-Quedan fuera de la suspensión los regímenes las víctimas de la Ley Brisa, judiciales, docentes, ex funcionarios nacionales y científicos ya que esos grupos tienen sistemas que garantizan un determinado ingreso con relación a los activos.

SALARIOS

– Autorizan a disponer aumentos por decreto.

RESERVAS

– Autorizan al Tesoro a emitir letras en dólares y usar reservas para pagar vencimientos de deuda.