El juez federal Daniel Rafecas desestimó hoy una denuncia contra el presidente Mauricio Macri por la firma de un Memorándum de entendimiento con Qatar para crear un fondo de inversiones, al considerar que no existió delito.

«Considero que no existen en autos elementos de juicio que de alguna manera habiliten siquiera a iniciar una investigación penal en los términos solicitados por la Sra. Fiscal», señaló el magistrado, al rechazar el requerimiento de Paloma Ochoa, que impulsó una investigación por el convenio firmado con ese país el 6 de noviembre de 2016.

La acusación fue a partir del acuerdo entre un funcionario de la Anses y el representante del fondo de inversión Qatar Investment Authority (QIA), y que según los denunciantes era contrario a la normativa vigente de la legislación local, puesto que el mismo preveía la posibilidad de acudir a una estructura «off shore» para canalizar inversiones, así como la designación de un «tercero Administrador» para manejarlas discrecionalmente.

Para el juez, no hubo delito y de la firma del convenio solo surge que los dos estados han iniciado conversaciones y negociaciones tendientes a que el Estado Qatarí, a través de un ente público de inversiones, conjuntamente con el Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la Anses, realice inversiones en infraestructura en la Argentina.

«Los eventuales acuerdos que puedan surgir en el futuro a partir de estas conversaciones, estarán sujetos, en todos los casos, a las respectivas aprobaciones legales internas de cada una de las Partes, y a la adecuación de sus cláusulas a la legislación (impositiva, comercial, etc.) vigente en el país, algo que está reconocido expresamente en al menos cuatro pasajes del citado Memorándum», advirtió el magistrado en su resolución.

Además, evaluó que la firma del convenio no implica obligación legal, económica o financiera alguna para el país, y por ello está descargado el perjuicio patrimonial para el Estado Argentino.

En ese sentido, dijo que es un acuerdo bilateral no vinculante, en el cual ambas partes han expresado que «están manteniendo conversaciones».

«El interrogante acerca de si el acto estatal denunciado configura un riesgo jurídicamente relevante como para habilitar la imputación penal, ha de quedar necesariamente sin posibilidad de respuesta, pues la misma sólo podría ser respondida –en un sentido o en el otro- sólo en el caso –eventual e hipotético- de que lo que hasta ahora han sido meras negociaciones no vinculantes –plasmadas en el Memorándum en estudio-, se conviertan en un futuro posible en actos jurídicos estatales vinculantes, susceptibles de ser investigados penalmente», indicó el juez.

Por último, instruyó a la Anses en cuanto a que su eventual y futura implementación deberá respetar y adecuarse estrictamente a la legislación vigente en la República Argentina en materia de inversión para el Fondo de Garantía de Sustentabilidad y con la totalidad de las aprobaciones y controles revistos en la legislación nacional.