Los concejales del FPV-PJ, Roberto Sukerman y Norma López, obtuvieron luz verde para dos iniciativas en el Concejo Municipal. Por un lado, se trata de un decreto para que los afiliados a la obra social estatal (Iapos), puedan realizar los tratamientos de fertilización asistida, garantizados por leyes nacional y provincial. Por otro, también consiguieron la aprobación de la ordenanza que establece el acceso directo, gratuito y sin intervención burocrática de las historias clínicas en todos los efectores públicos.

La primera de las iniciativas se impulsó tras conocerse el caso de la mamá soltera que debió interponer una medida judicial para acceder al tratamiento de fertilización asistida.

En ese sentido, el presidente del bloque FpV-PJ, Roberto Sukerman, informó que “a través de este decreto, encomendamos a la Intendenta una serie de acciones ante el gobierno de Santa Fe, para que el Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (Iapos), modifique la Disposición del Iapos Nº 69/13 adaptándolas en su totalidad a la Ley Nº 26.862, Decreto reglamentario Nº 965/13 y Ley Provincial Nº 13.357 y permitir el acceso universal e irrestricto al derecho a la salud y a la cobertura de tratamientos de fertilización asistida”.

El concejal también explicó que “exigimos que se modifiquen los requisitos de inclusión y exclusión a sus afiliados, porque hoy se establece un acceso restringido a un derecho que la Ley Nacional 26.862 (adhiere en la provincia la ley Nº 13357/2013) establece como universal para los tratamientos de fertilización asistida. Lo que buscamos es garantizar el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida”.

Historias Clínicas gratuitas

Por su parte, la concejala Norma López brindó detalles sobre la ordenanza que regulará el acceso libre a las historias clínicas en los efectores públicos: “Ante el reclamo de vecinos sobre trámites excesivamente burocráticos, hemos detectado que para solicitar las HC  deben ingresar un expediente administrativo mediante formulario establecido en cualquier Centro Municipal de Distrito, abonando un sellado de $15, quedando a la espera de que en 30 días sea entregada, momento donde nuevamente se debe pagar el costo de las copias de las historias clínicas”.

“Creamos la ordenanza de historia clínica que establece  que la ley  Nº 26.529 de Derechos del Paciente, Historia Clínica y Consentimiento Informado, son de orden público, donde se establecen los derechos de los pacientes; el paciente es el titular de la historia clínica, con lo cual a su simple requerimiento debe suministrársele copia de la misma, autenticada por autoridad competente de la institución asistencial y la entrega se realizará dentro de las 48 horas de solicitada, salvo caso de emergencia”, señaló López.

Por último agregó: “Los establecimientos de salud son directamente responsables del cuidado y entrega de las historias clínicas, no debiendo intermediar la Municipalidad como órgano político, atentando contra la confidencialidad de las mismas. Hay que establecer una regulación que reconozca los derechos de los pacientes legalmente establecidos, que simplifique la entrega de historias clínicas y establezca la gratuidad de las mismas, puesto que la titularidad de la historia clínica es un derecho personalísimo, y no  una gracia administrativa del Estado municipal».

Foto: Florencia Vizzi