El ministro de Justicia de la Nación, Germán Garavano, afirmó que la ley aprobada ayer por el Congreso Nacional para excluir a represores del cálculo del 2×1 en penas «es un gran avance y va a ordenar la situación», al tiempo que advirtió que la interpretación que hizo la Corte Suprema y que benefició a un represor es «extremadamente garantista y antisistema».

«Ahora esta nueva ley va a ordenar la situación hacia todo el Poder Judicial», sostuvo el ministro, al asegurar que «aclara los términos de aplicación de esa ley que no está vigente», en referencia al artículo 7º de la ley 24.390 que imponía el 2×1, derogada por ley 25.430, y «le pone un coto».

Las declaraciones de Garavano, en una entrevista que publicó hoy el diario La Nación, se producen el mismo día de la publicación de la norma en el Boletín Oficial, y tras la marcha de repudio que se realizó el miércoles en Plaza de Mayo por la habilitación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de que ese cómputo fuera aplicado a condenados por delitos de lesa humanidad, en base al fallo sobre el caso del genocida Luis Muiña.

El beneficio del 2×1 fue incorporado en la ley 24.390 sancionada en noviembre de 1994. El artículo séptimo de esa norma establecía que, transcurrido el plazo de dos años previsto en la ley, se debía computar como doble, cada día de prisión preventiva.

La ley fue derogada en el 2001, por lo que el beneficio quedó sin efecto. Sin embargo, en el caso de las personas que estuvieran en la situación descripta por la norma antes de que ésta fuera derogada, puede aplicarse el 2×1, debido a que podían solicitar la aplicación de la ley penal más benigna.

«La Corte hizo una interpretación extremadamente garantista y antisistema, y esta ley lo termina de corregir», dijo Garavano, en referencia a la ley aprobada esta semana en el Parlamento, consensuada rápidamente por todo el arco político con el fin de limitar la aplicación del fallo de la Corte, que habilitaba el beneficio del 2 x 1 en casos de condenados por delitos de lesa humanidad.

El primer artículo establece que el cómputo doble de los días de detención sin condena al que aludía la ley 24.390 (derogada en 2001), «no es aplicable a conductas delictivas que encuadren en la categoría de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, según el derecho internacional».

En tanto, Garavano argumentó que la interpretación de la Corte fue «garantista» porque «los jueces entendieron que debían garantizar el máximo de los derechos de los imputados y todos coincidimos en que fue en un modo excesivo, sustentado en un viejo voto del mismo (Eugenio) Zaffaroni».

Asimismo, sobre la calificación «antisistema» explicó que «las interpretaciones tan extensivas de leyes que generan incentivos perversos no sólo no consiguen el objetivo, sino que provocan distorsiones peores».

También aseguró que el Gobierno «no tardó» en pronunciarse: «El fallo salió una tarde y yo hablé al otro día». De la misma forma dijo que «no» hay un «cambio de época» en materia de derechos humanos, pero «sí» respecto de la «independencia judicial».

«La Justicia viene cumpliendo un rol importante con esfuerzos en el juzgamiento de delitos de lesa humanidad, con deudas, pero debemos ver esto como un mal paso que rápidamente fue corregido por las instituciones y sostenido por la gente», consideró el ministro.

También evaluó que «no debemos empezar con ataques políticos, chicanas y atacar a un funcionario como (el secretario de Derechos Humanos, Claudio) Avruj, que viene trabajando con compromiso, ni a jueces muy prestigiosos».

Sobre el final acusó a «un sector más radicalizado (de la oposición), que ha querido profundizar la grieta y hacer un aprovechamiento político» del tema.