Este miércoles el Gobierno publicó dos decretos mediante los cuales oficializó la extensión del aislamiento social obligatorio y el cierre de las fronteras del país hasta el próximo 12 de abril. También se contempla, en este último, la coordinación de las acciones necesarias para «posibilitar el ingreso paulatino» de los argentinos varados en el exterior, a quien seguirá ayudando a través de las embajadas y consulados.

En primer lugar, se publicó en el Boletín Oficial el decreto 325/2020, en el que  se indica que «esta medida se adoptó frente a la emergencia sanitaria y con el objetivo primordial de proteger la salud pública, lo que constituye una obligación indeclinable del Estado Nacional».

El decreto, que no contempla nuevas excepciones como se especuló en algún momento,  destaca el éxito del decreto «gracias a las medidas oportunas y firmes que vienen desplegando el Gobierno Nacional y los distintos Gobiernos Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como al estricto cumplimiento de las mismas que viene realizando la gran mayoría de la población» al 29 de marzo.

En el texto oficial, el Gobierno sostiene que se «han implementado numerosas medidas tempranas para la contención de la epidemia, con la menor cantidad de casos y de días de evolución, en comparación con otros países del mundo».

En decreto, algo que puede ser clave pensando cuando se llegue al 12 de abril, se pone como ejemplo a China y Corea del Sur que «lograron aplanar la curva al día de la fecha, confirmaron el impacto de tales medidas entre dieciocho y veintitrés días después de haber adoptado las medidas de aislamiento y, en ambos casos, no se interrumpieron hasta haberse comprobado su efecto en razón del crecimiento».

El Gobierno mantuvo en las mismas excepciones, no se agregó ninguna nueva y se recomienda el trabajo desde los hogares en los casos de que esto pudiera realizarse.

A partir de estos argumentos, la norma dispone prorrogar «la vigencia del Decreto N° 297/20, con las modificaciones previstas en el presente decreto hasta el 12 de abril de 2020 inclusive».

Cierre de fronteras y retorno de argentinos en el extranjero

Al mismo tiempo de la publicación de la norma que prorroga el aisalmiento social obligatorio, el Gobierno también oficializó a traves de otro Decreto de Necesidad y Urgencia la prohibición de entrada a la Argentina hasta el mismo día en que concluye el período de aislamiento, el 12 de abril.

Con el DNU 331/2020, el presidente Alberto Fernández dispuso adoptar la extensión de la medida con el objetivo de la medida de «minimizar el ingreso al territorio nacional de posibles vectores de contagio» de COVID- 19.

El cierre de fronteras regirá en los puertos, aeropuertos, pasos internacionales y cualquier otro punto de acceso al país.

Asimismo, el mandatario instruyó a la Cancillería, a los Ministerios del Interior, de Salud y de Seguridad, a la Dirección Nacional de Migraciones y a la Administración Nacional de Aviación Civil a que establezcan «los cronogramas pertinentes y a coordinar las acciones necesarias para posibilitar el ingreso paulatino al territorio nacional de las personas residentes en el país y de los argentinos y argentinas con residencia en el exterior que no hayan podido hacerlo» en medio de la parálisis mundial por el coronavirus que cerró fronteras y provocó una ola de cancelaciones de vuelos.

El Ministerio de Relaciones Exteriores también extenderá la vigencia del «Programa de Asistencia de Argentinos en el Exterior en el Marco de la Pandemia de Coronavirus», a través del cual se brinda ayuda en cuestiones de hospedaje, alimentación y atención sanitaria a aquellos varados que estén en situación de vulnerabilidad.