Diputado Ricardo Buryaile

«El Estado debe garantizar apertura y convenios con otros países para productos orgánicos»

Lo afirmó el ex ministro de Agroindustria de la Nación, quien valoró el esfuerzo de los productores. Argentina cuenta ya con 3,2 millones de hectáreas certificadas, lo que representa un crecimiento interanual del 12% y que coloca al país, segundo en el ranking mundial, detrás de Australia.
«El Estado debe garantizar apertura y convenios con otros países para productos orgánicos»

Aldo Battisacco – Conclusión Buenos aires

A mediados de mayo, la comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados emitió dictamen favorable a un proyecto de ley de promoción a la producción y elaboración de productos orgánicos, que busca dar estabilidad y previsibilidad al sector por un plazo de 10 años, y que contempla diversos beneficios fiscales para emprendimientos de empresas pequeñas y medianas, con lo cual ya quedó habilitado para ser debatido en el recinto.

El ex ministro de Agroindustria del gobierno de Cambiemos, y actual diputado nacional de la UCR de Formosa Ricardo Buryaile, que preside la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Cámara baja, dijo a Conclusión que «fue importante el acuerdo entre los bloque que dictaminaron a favor del proyecto» que fue presentado por el diputado del FDT Ramiro Fernández Patri. El mismo establece la creación de un régimen de promoción a la producción y elaboración de productos orgánicos por un plazo de diez años, con beneficios impositivos y un certificado de crédito fiscal, entre otros puntos.

Buryaile destacó que todo «lo que es producción orgánica está en las economías del interior del país. Argentina tiene un potencial de exportación importante de este tipo de productos que está destinado a Europa y Estados Unidos, que son segmentos A B C 1 de consumo, y que atiende un mercado que en Argentina no está tan bien remunerado por cuestiones de poder adquisitivo, pero es una producción que crece año a año».

El legislador Formoseño destacó además que se dieron «ventajas en la contratación de personal, amortización de las inversiones, y las certificaciones que habrá, pero que nos pone dentro de un sector que se aggiorna a lo que pasa en el mundo. Hay cambio en los hábitos de consumo y tratamos de atender esto».

El dictamen firmado por la Comisión de Economía y Desarrollo Regional establece que podrán ser beneficiarios del plan los productores y elaboradores -alcanzados por la ley de Producción Ecológica, Biológica u Orgánica- que acrediten al menos un año de permanencia y cuya factura máxima se ubique en los parámetros establecidos para las empresas medianas.

No es fácil ni barato hacer esto, pero hay que terminar con el concepto de quinteros 

También se faculta a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a crear un certificado promocional a los efectos de la operatividad del presente régimen.

Uno de los puntos clave referidos al financiamiento establece que la Jefatura de Gabinete podrá realizar las asignaciones necesarias para cumplir la ley por la suma equivalente a 12.500 módulos que en la actualidad ascienden a $ 100 millones.

Por otro parte, el dictamen fija que no podrán ser beneficiarios de este régimen los contribuyentes declarados en quiebra ni los querellados penalmente por delitos comunes.

La producción orgánica argentina es segunda en el ranking mundial

Con respecto a los beneficios fiscales, el dictamen establece que los beneficiarios podrán «convertir en un bono de crédito fiscal intransferible el 50% de la totalidad de las contribuciones patronales que hayan efectivamente abonado a partir de su incorporación al Registro previsto en el artículo 11, sobre la nómina salarial de mano de obra empleada en la producción y elaboración de productos orgánicos con destino a los sistemas y subsistemas de seguridad social previstos en la ley 24.241».

Ese bono no podrá utilizarse para cancelar deudas anteriores a la efectiva incorporación del beneficiario al régimen de la presente ley, ni para la cancelación de obligaciones fiscales derivadas de la responsabilidad sustituta o solidaria de los contribuyentes por deudas de terceros, o de su actuación como gente de retención o percepción y, en ningún caso, eventuales saldos a su favor darán lugar a reintegros o devoluciones por parte del Fisco.

También tendrán una reducción de 50% en el monto total del impuesto a las Ganancias determinado en cada ejercicio respecto de las actividades productivas y de elaboración abarcadas por esta ley, que se tornará operativo para los ejercicios fiscales que se inicien con posterioridad a la fecha a partir de la cual comienza a ser sujeto de beneficios.

Los beneficiarios podrán utilizar dichos bonos para la cancelación de tributos nacionales, y sus anticipos, como así también los tributos aduaneros, excluido el impuesto a las Ganancias.

 

La nota completa la podes ver y escuchar en el video.

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