El Gobierno Nacional marcó algunos de los lineamientos económicos que tomará ante las empresas que atenten contra los derechos del consumidor. Así quedó demostrado cuando Diputados dio media sanción al proyecto que el Ejecutivo añadió en el Presupuesto 2023 y que habilita a la Secretaría de Comercio Interior a multar a las firmas que cometan infracciones con aumentos de hasta 4.200 por ciento.

El Presupuesto 2023 aprobado en la Cámara Baja este miércoles, además, fue el que más votos positivos obtuvo en ese cuerpo en la última década.

Con respecto a la hoja anexada que el Ejecutivo Nacional –a través del Ministerio de Economía– pudo incorporar al Presupuesto para el año próximo, y en la que especifican las modificaciones para el incremento de multas, tiene como fin evitar que las empresas incumplan con los acuerdos de precios que rigen actualmente.

Los cambios, que ahora esperan el visto en el Senado, indican una modificación en la ley de Defensa del Consumidor, puntualmente el inciso B del artículo Nº74 en el que se establecen las multas económicas que el gobierno puede aplicar a las empresas que atenten contra la norma.

Qué dice el texto

La modificación propuesta por el Ministerio de Economía es que las multas pueden ser desde 0,50 a 2.100 veces lo que vale la Canasta Básica Total (CBT) en base a los datos del Instituto Nacional de Estadísticas y Censo (Indec), para una familia tipo.

Sube a la par de la inflación

El monto de las multas no será estático, ya que la Canasta Básica Total (CBT) va sufriendo variaciones en función de la inflación. Según datos del Indec, la misma rondó los 102 mil pesos para una familia de tres integrantes.

En tanto el Senado apruebe el Presupuesto 2023 con las modificaciones al artículo de la ley de Defensa del Consumidor, en valores actuales las multas irían desde los 51 mil millones de pesos a más de 240 millones de pesos.

Un antecedente de lineamiento

Cabe recordar que la Secretaría de Comercio Interior multó a empresas de consumo masivo y a un supermercado por 18 millones de pesos por ofrecer de manera simultánea dos presentaciones de un mismo producto pero con precios sustancialmente diferentes.

Según el organismo, esa práctica constituye una violación a las leyes de Defensa del Consumidor y de Lealtad Comercial.