La Federación Argentina de la Industria Molinera (FAIM) rechazó este martes la multa de $150 millones que le impuso la Secretaría de Comercio Interior, a la cual tildó de “arbitraria e ilegal”, y anticipó que recurrirá a la Justicia.

La entidad aseguró que fue “condenada a abonar una multa exorbitante e infundada, en virtud de una resolución que es groseramente arbitraria, por carecer del más básico sustento fáctico y jurídico en la medida que se está sancionando un hecho que nunca ocurrió”.

“Estamos convencidos que, más allá de la ilegalidad de la decisión, esa resolución responde a otros intereses, que exceden el adecuado marco jurídico y el debido proceso, toda vez que tiene como antecedente una causa administrativa iniciada en 2015 en donde las partes presentaron todas las pruebas y evidencias de que no hubo ningún hecho a sancionar”, enfatizó.

Por ese motivo, FAIM anticipó en un comunicado que recurrirá a todas las instancias judiciales “a fin de obtener un pronunciamiento que ponga fin al actuar arbitrario de la Secretaria de Comercio Interior”.

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El organismo estatal multó a la empresa Molinos Cañuelas por $150 millones, por ejecutar una “práctica concertada” con cámaras empresarias del sector para fijar el precio de la harina.

La multa también se extendió, con otros $150 millones, a la Federación Argentina de la Industria Molinera; con $93 millones a la Cámara de Industriales Molineros y con $51 millones a la Asociación de Pequeñas y Medianas Industrias Molineras.

Tanto a la empresa como a las entidades, el Gobierno las acusó de “ejecutar una práctica horizontal concertada de fijación de precios mínimos e intercambio de información sensible en el mercado de la molienda de trigo y la comercialización de harina de trigo en todo el territorio nacional, con afectación al interés económico general”.

Para el organismo que conduce Roberto Feletti, estas empresas y organismos “establecieron, idearon, diseñaron, implementaron y monitorearon” un acuerdo para la fijación de precios con el objeto de limitar la competencia entre las empresas molineras de trigo y harina, perjudicando así a los consumidores”.

El pago de las multas deberá hacerse efectivo dentro de los diez días hábiles desde la notificación (es decir hasta el 21 de abril), y Comercio Interior instó a las partes a que “cesen y se abstengan de realizar acuerdos de fijación de precios e intercambiar información sensible, en el mercado de la molienda de trigo y la comercialización de harina de trigo”.