El juez Federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla dispuso ratificar la medida cautelar que prohíbe el corte del suministro de gas a los usuarios que no lo puedan pagar y les advirtió a las empresas prestatarias de ese servicio que serán sancionadas con una multa de entre mil y cien mil pesos por cada corte ilegítimo.

La medida que se basa en tres resoluciones, no está dirigida para los que sí pueden abonar las tarifas, sino para aquellos a los que les puede resultar excesivamente oneroso afrontar el nuevo cuadro tarifario o se encuentran en la necesidad de resignar otros servicios o derechos básicos.

Frente a los casos de abuso, Ramos Padilla autorizó a las empresas prestatarias a realizar un procedimiento administrativo, previo al corte, en el que los usuarios puedan acreditar su situación, debiendo en caso de duda abstenerse de llevar adelante el corte.

En la resolución, el Juez Federal de Dolores también acreditó que tanto el Enargas como las empresas que prestan el servicio no se ajustaron a la medida cautelar dictada el 21 de mayo, e hizo referencia a cortes por falta de pago que se habrían llevado adelante desoyendo esa orden, razón por la que el magistrado dispuso que se debían evaluar nuevamente la interrupción del servicio y proceder al restablecimiento del mismo.

Entre los argumentos de la resolución, Alejo Ramos Padilla sostuvo que el servicio de gas “no puede convertirse en un bien suntuario de acceso limitado sólo para determinados grupos” y agregó que “el Estado debe garantizar un estándar mínimo de calidad de vida y la accesibilidad a los servicios públicos esenciales“.