Desde la Concejalía Popular de Rosario advirtieron numerosos inclumpimientos al Decreto de Necesidad y Urgencia dictado el 27 de marzo por el presidente Alberto Fernández, en el que se congeló por 180 días el precio de los alquileres y se suspendieron los desalojos por falta de pago.

Este miércoles, desde el espacio local publicaron un avance del relevamiento nacional que encabeza el Frente Nacional de Inquilines y Pymes Locativas, donde constataron un incumplimiento llamativo del DNU, especialmente por parte las inmobiliarias “truchas” y en las franquicias internacionales.

En más de diez mil casos consultados vía on-line, muchos inquilinos informan sobre el incumplimiento del decreto de necesidad y urgencia por parte de la parte locadora, que en la mayoría de casos son actores inmobiliarios no enrolados en los Colegios Inmobiliarios respectivos, o contratos totalmente informales.

En especial, se verificó que los inquilinos pequeños y medianos comerciantes “están recibiendo negativas importantes ante los avisos de imposibilidad de cumplimiento del contrato, ya sea al solicitar rebajas de pago mensual o la imposibilidad de hacerla en marco de la cuarentena en marcha”.

“Mucho de ellos ante el pedido son amenazados con el desalojo o con el inicio de acciones, las cuales están totalmente suspendidas hasta el 30 de septiembre del corriente año”, continúa la primera conclusión de la encuesta.

Además, “existen muchos casos de inquilinos que ya habían entregado seña para su nuevo alquiler, donde la prohibición de mudanza los encuentran ante el doble pago de alquiler, y no consiguen la prorroga necesaria para adecuarse al DNU”.

También, muchos de los inquilinos encuestados tienen que afrontar el pago y les solicitan el aumento del canon locativo de acuerdo al ajuste semestral, lo que claramente viola el congelamiento del alquiler dispuesto hasta octubre del corriente año.

En cuanto a números, la encuesta, que continúa hasta el 25 de abril, releva: “El 70% de los inquilinos familiares dicen que pueden pagar abril, el 21% que no y el 9% arrastra deudas anteriores. Se invierte con los Pymes locatarios, el 70% dice que no puede afrontar abril, y el 20 lo va a hacer y el 10 a pérdida en su negocio”.

Cabe recordar que el DNU del Gobierno Nacional beneficia a mas de 9 millones de inquilinos, continúa hasta el 30 de septiembre de este año, y sus disposiciones son:

  • Se suspenden los desalojos por falta de pago.
  • Se prorroga la vigencia de los contratos, con conformidad de la parte locataria.
  • Se congelan los precios de los alquileres al valor de marzo.
  • La deuda por diferencia de precio entre lo que se debía pagar y lo que efectivamente se pague por el congelamiento, se abonará en 3 cuotas mensuales sin intereses, a pagar desde octubre.
  • Las deudas que se produzcan por falta de pago, se pagarán a partir de octubre en 3 cuotas, con intereses compensatorios, pero sin penalidades.
  • Se exceptuará a aquel locador que acredite que depende del alquiler para cubrir sus necesidades básicas o las de su familia primaria conviviente.
  • Se establece mediación obligatoria, previo a acudir a la justicia, por controversias entre las partes.
  • Se congela el valor del canon locativo a precio del mes de marzo.

Los alquileres que están alcanzado por el Decreto de Necesidad y Urgencia son:

  • De inmuebles destinados a vivienda única urbana o rural.
  • De habitaciones destinadas a vivienda familiar o personal en pensiones, hoteles u otros alojamientos similares.
  • De inmuebles destinados a actividades culturales o comunitarias.
  • De inmuebles rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias.
  • De inmuebles alquilados por personas adheridas al régimen de Monotributo, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria.
  • De inmuebles alquilados por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión.
  • De inmuebles alquilados por Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) conforme lo dispuesto en la Ley N° 24.467 y modificatorias, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria.
  • De inmuebles alquilados por cooperativas de trabajo o empresas recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (Inaes).

Para participar de la encuesta: