Comienza a regir un impuesto sobre la exportación de servicios. Es que el Gobierno reglamentó hoy el cobro de un derecho de exportación del 12% a la prestación de servicios.

Básicamente lo que se dispuso es que las prestaciones de servicios realizadas en el país, cuya utilización o explotación efectiva se produce en el exterior, sean consideradas como mercaderías.

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Así, deberán tributar por sus ventas fuera del país los denominados servicios del conocimiento, que reúnen a sectores muy diversos, desde quienes producen publicidades o software hasta quienes venden ingeniería para proyectos en otros lugares del mundo.

Según lo estableció el decreto 1201, publicado en el Boletín Oficial, este tributo no podrá exceder los 4 pesos por cada dólar que se venda al exterior y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2020.

La micro y pequeñas empresas que no lleguen a facturar 600.000 dólares por año quedarán exceptuadas del pago de los derechos que deberán ser abonados dentro de los primeros 15 días hábiles del mes posterior a aquél de facturación de las operaciones respectivas.

Para aquellos exportadores que para el año anterior al de la fecha de la declaración jurada hayan exportado servicios por menos de 2.000.000 dólares, se concederá un plazo de espera mayor de 45 días corridos.

Rechazos

Desde el sector se resisten a la idea y temen que cobrar este impuesto va contra la competitividad ya que se trata de una actividad promovida a nivel mundial, al tiempo que están preocupados porque el plazo del decreto presidencial sea removido por otro decreto y el plazo de dos años se prolongue.

En ese sentido, esperan que el impuesto abarque el menor plazo posible.