La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el anticipo del impuesto a las Ganancias que alcanzará a las empresas de mayores ingresos, por el cual el Estado espera recaudar más de $ 250.000 millones, a través de la resolución general 5248/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La misma establece por única vez un pago a cuenta de Ganancias por parte de las empresas que hayan tenido resultados de entre $100 y $300 millones con una tasa del 15%. Para aquellas empresas que hayan ganado más de $300 millones la tasa será del 25%.

En tanto, quedarán excluidas aquellas personas jurídicas que hubieran obtenido un certificado de exención de Ganancias, vigente en 2021 o 2022.

“La medida simplemente adelanta la fecha de las cuotas del impuesto a las ganancias que las empresas ya saben que deben afrontar”, aseguró el titular de la AFIP, Carlos Castagneto, y afirmó que «es una decisión en el marco de una situación de crisis a nivel mundial que permitirá financiar las políticas públicas».

La AFIP argumentó que «a comienzos de año, la economía mundial se vio afectada, como consecuencia del conflicto bélico en Europa Oriental, por un incremento general y extraordinario de los precios internacionales, en especial de los commodities, los alimentos y la energía». «Nuestro país, en tanto histórico exportador de algunos de los bienes que registraron aumentos extraordinarios en sus precios internacionales, resultó beneficiado con una mejora en los términos de intercambio», indicó el organismo.

Además, apuntó que “al mismo tiempo, este encarecimiento de los precios internacionales afectó, vía importaciones, determinados productos de consumo local y tuvo su impacto en la economía doméstica». “A resultas de esta situación excepcional, actores económicos locales se han visto beneficiados al obtener ingresos extraordinarios por la comercialización de ciertos productos y servicios”.

Desde el organismo remarcaron que “ante este tipo de coyunturas es necesario que el Estado tome un rol activo, generando instrumentos que permitan reducir esos impactos negativos”.

«La Administración Federal de Ingresos Públicos considera oportuno establecer por única vez un pago extraordinario a cuenta del impuesto a las Ganancias que deberán ingresar determinados sujetos que, no sólo han sido beneficiados por los efectos descritos, sino que además poseen capacidad contributiva que los ubica dentro del primer decil de las personas jurídicas alcanzadas por este tributo, representando un universo inferior al 1% del total de las personas jurídicas que presentan las declaraciones juradas del impuesto», remarcó el organismo recaudador.

«Los sujetos alcanzados deberán considerar la declaración jurada de Ganancias correspondiente al período fiscal 2021, en el caso que el cierre de ejercicio hubiera operado entre agosto y diciembre de 2021», especificaron. En tanto, «los contribuyentes cuyos cierres de ejercicio hubieran operado entre enero y julio de 2022, deberán considerar la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2022».

Así, el pago a cuenta será computable en el caso de cierre de ejercicio operado entre agosto y diciembre de 2021, para el período fiscal 2022; y si es entre enero y julio de 2022, entonces para el período fiscal 2023. Los pagos se realizarán en tres cuotas iguales y consecutivas, según la fecha de cierre del ejercicio.

La resolución fue redactada por Mercedes Marcó del Pont pero como la medida no había sido consultada con el ministro Sergio Massa, la funcionaria dejó el cargo sin firmarla. Finalmente la medida fue analizada por las nuevas autoridades de la Afip y obtuvo el visto bueno.

La resolución no tuvo que pasar por el Congreso porque el ente recaudador tiene la facultad de tomar este tipo de decisiones. En Economía calculan una recaudación adicional de entre $200.000 millones y $250.000 millones.