La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó un plan de facilidades de pago para las deudas impositivas que se encuentren en discusión en el Tribunal Fiscal de la Nación.

El plan comenzó a regir el 1 de marzo y finalizará el 30 de junio y, al adherir, el contribuyente deberá desistir de su reclamo ante el mencionado tribunal.

La Resolución General 4434, publicada el viernes último en el Boletín Oficial, alcanza a las obligaciones impositivas en discusión en el (TFN), siempre y cuando surjan de la acción fiscalizadora del organismo tributario vencidas hasta el 28 febrero, con sus respectivos intereses, actualizaciones y multas.

El organismo recaudador aclaró que quedan exceptuadas de este plan las deudas aduaneras. El nuevo plan tendrá una cantidad máxima de 60 cuotas con un pago inicial a cuenta del 10% del monto consolidado de deuda, precisó.

En un comunicado, señaló que «para las cuotas se tomará en cuenta la tasa de interés TM20 más un 5% y el cálculo tendrá una actualización trimestral y el monto mínimo del pago a cuenta será de $1.000.

Los contribuyentes que adhieran al nuevo plan de facilidades de pago tendrán una reducción del 30% de los honorarios de los representantes del fisco por las deudas incluidas en este régimen.

El organismo puntualizó que quedarán excluidos los anticipos; pagos a cuenta; retenciones; percepciones; intereses provenientes de capital cancelado; impuesto adicional sobre el precio final de venta de cigarrillos; gravamen sobre los combustibles líquidos y gas natural; obligaciones vinculadas con regímenes promocionales y el cargo específico sobre la realización de apuestas.