Este viernes, la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia (Chubut) emitió un fallo en el que ordena reabrir la causa en la que se debe investigar qué pasó con Santiago Maldonado. A su vez, en el escrito de 26 páginas, los jueces Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez decidieron apartar de la causa a Gustavo Lleral, titular del Juzgado Federal de Rawson. El caso pasará a estar en manos de su par Federico Calvete, hoy a cargo del Juzgado Federal de Ushuaia (Tierra del Fuego).

Si bien desde hace cinco años la misma Cámara Federal comodorense viene descartando la hipótesis de la desaparición forzada de Maldonado, la decisión que se conoció este viernes reafirma lo que vienen denunciando desde el principio tanto la familia como organismos de derechos humanos: que Santiago no se ahogó de casualidad sino que fue víctima directa de una represión brutal de la Gendarmería, entonces al mando de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich. Y que hoy, a casi siete años de los hechos, sigue pendiente que el Estado diga cuándo, dónde y cómo murió.

Maldonado estuvo desaparecido entre el 1° de agosto y el 17 de octubre de 2017. La última vez que se lo vio con vida escapaba de la balacera de los gendarmes que, cumpliendo órdenes precisas, arremetieron contra la comunidad mapuche Pu Lof en Resistencia Cushamen. El cuerpo del joven artesano fue hallado luego de 78 días en las aguas del Río Chubut, en las cercanías de la Pu Lof, pese a que con anterioridad la zona había sido rastrillada varias veces por buzos de Prefectura y de la Policía Federal.

La causa judicial, que sigue caratulada como «Desaparición Forzada de Persona», tuvo muchas idas y vueltas pero pocas definiciones que permitan saber con certeza qué pasó con Santiago. De hecho, en su nuevo fallo, los camaristas de Comodoro Rivadavia reconocen que se ha perdido mucho tiempo sin investigar y que el juez Lleral hizo mal en cerrar el expediente hace casi un año y sobreseer a los cuatro gendarmes imputados.

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En la sentencia, Leal de Ibarra y Suárez revocan aquella resolución de Lleral, ordenan la producción de nuevas medidas probatorias y apartan al juez de Rawson del caso. En tanto que a su reemplazante, el juez Calvete, le recomiendan «que adopte máxima diligencia y premura en la producción de las medidas de prueba», a los fines de «procurar un significativo avance procesal en tiempo breve».

La resolución que se conoció este viernes es una respuesta a los recursos de apelación presentados tanto por la Fiscalía General como por las querellas contra el cierre de la causa. Vale decir que, además de la familia Maldonado, son querellantes la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos, la Comisión Provincial por la Memoria (en común con la APDH) y el CELS.

El 28 de febrero pasado, la Cámara Federal patagónica convocó a las partes a una audiencia para escuchar sus apelaciones. Allí, la fiscala general Verónica Escribano y las abogadas y abogados de las querellas afirmaron que el juez Lleral decidió cerrar la causa y sobreseer a Emmanuel Echazú, Juan Pablo Escola, Víctor Vaquila Ocampo y Marcelo Ferreyra «sin mediar una investigación exhaustiva sobre lo ocurrido».

En su reclamo, fiscalía y querellas denunciaron que Lleral ni siquiera cumplió con lo ordenado por la misma Cámara en septiembre de 2019, cuando a través de un fallo pidió “esclarecer definitivamente las circunstancias en que se produjo el fallecimiento” del joven. En aquel momento las querellas habían pedido el apartamiento de Lleral, pero los camaristas rechazaron el pedido, dejando el caso en las manos del mismo injusto juez.

En su apelación, las partes acusadoras volvieron a exigir que la Cámara aparte al juez garante de impunidad. «Ha incurrido en prejuzgamiento», dijeron. Y resaltaron que se verificó en él «un temor fundado de parcialidad, al haber afirmado, en reiteradas oportunidades, que la única hipótesis posible es la que ha expuesto y desarrollado en sus considerandos, como fundamento de la decisión conclusiva que adoptó».

En otras palabras, Lleral primero armó la explicación más conveniente para el entonces gobierno de Mauricio Macri, luego buscó las «pruebas» que sustentaran esa hipótesis y, finalmente, sentenció que no hubo delito, librando de culpa y cargo a los gendarmes. Por eso la exigencia de la familia de Santiago y el resto de los querellantes de que se cambie al juez y se realice una investigación que arroje conclusiones certeras respecto a si la muerte se produjo por una conducta delictiva de Gendarmería.

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Entre las razones irrefutables de fiscales y querellas está el reconocimiento de la propia Cámara Federal en su fallo de 2019 respecto a que la autopsia realizada al cuerpo de Maldonado sólo dio información «estimativa» respecto a la fecha del deceso y al tiempo que estuvo sumergido en las agua del Río Chubut, por lo que para tener alguna certeza sería imperioso realizar nuevas pericias y obtener más información.

En su sentencia de este viernes, los camaristas reconocieron que «el transcurso del tiempo atenta contra el éxito de las investigaciones, en especial de aquellas con características como la presente», dando fundamento a su resolución de apartar a Lleral. Aunque la sentencia sea escandalosamente tardía, no deja de confirmar lo que siempre se denunció: la parcialidad manifiesta del juez para con Bullrich y sus perros rabiosos.