Por Aldo Battisacco desde Buenos Aires (enviado especial)

La Comisión de Legislación Penal que preside la diputada Gabriela Burgos debatió y generó dictamen favorable al proyecto que impone penas por tenencia y difusión de pornografía infantil a través de dispositivos electrónicos.

“Es muy importante reforzar nuestra legislación para erradicar y prevenir el abuso sexual de menores de edad en el comercio de la pornografía infantil, donde cada vez más niños y niñas son víctimas”, señaló Burgos durante la reunión, luego de escuchar a madres de víctimas miembros de la asociación civil “Mama en Línea” y especialistas de la “Asociación Argentina de Lucha contra el Cibercrimen”.

En diálogo con Conclusión, la legisladora jujeña señaló respecto del proyecto de sexting (que consiste en el envío de contenidos de tipo sexual -principalmente fotografías y/o vídeos- producidos generalmente por el propio remitente, a otras personas por medio de teléfonos móviles), que será pasado a asesores, ya que se había planteado la imposibilidad de dar cumplimiento al último párrafo, en el cual se especifica retirar el material de la web», porque «los expertos que hablaron en la comisión sobre la temática dijeron que es imposible llevar adelante esa obligación que estaría impuesta por el juez de aceptarse esta modificación y de convertirse en ley».

Según Burgos, «sobre pornografía infantil se llegó a un dictamen para que la simple tenencia de pornografía sea considerada delito. Hoy, hay que demostrar la comercialización y distribución», y agregó que «uno de los invitados a exponer en la comisión, informó que cuando no se puede comprobar esa modalidad, el material pornográfico incautado de estas personas que consumen pornografía infantil debe ser devuelto».

Para la presidente de la comisión de asuntos Penales, los diputados tienen «en claro que derechos se están protegiendo, quien consume este tipo de material está aceptando la violación de los derechos de las niñas y los niños, porque ya han sido vulnerados en su integridad para elaborar ese material».

Y consideró que «sea para consumo personal o peor aún para la distribución, la simple tenencia debe ser considerada un delito, pero dependerá de que se pueda llevar al recinto para ser aprobada».

«Uno de cada tres niños entre 12 y 14 años practica ‘sexting’ y recibe contenido sexual en su móvil»

Preguntada por este medio si sería necesario para agravar penas que el material que será prohibido ingrese al mercado para ser vendido, la diputada respondió que «no sería necesario que medie el lucro, el consumo y la tenencia alcanza para que sea delito».

Ante la consulta de cuál será el tiempo de espera para que la nueva legislación entre en vigencia, Gabriela Burgos contestó que será «el tiempo que se tardará para aplicar estas reformas, que seguirá los pasos de aprobación de una ley, se tratará en Diputados y luego en Senadores y quizá en dos meses o más será ley». Y abundó diciendo que «estas reformas serán incorporadas a un artículo del Código Penal, agregando estas nuevas figuras que no eran tomadas como agravantes, pero es una constante en los delitos que se suceden todos los días y por lo tanto será incluida».

Derecho comparado

Según el portal Scripted, se realizó un trabajo que es el fruto del proyecto de investigación El Derecho Penal y la Protección de Menores en Internet, que fue seleccionado en la Primer Convocatoria de Investigaciones Jurídicas de Infojus, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Argentina. Este proyecto tiene como director y co-directora a los autores de un  artículo, que es llevado adelante por un equipo formado por Marina Awe, Mercedes Barcos, Alfredo Bozzetti, Ana Lambrecht y Gonzalo Loriente, y analizó la adecuación del derecho penal argentino para la regulación legal de conductas llevadas a cabo a través de medios telemáticos que dañen real o potencialmente a menores de edad que las enfrentan como sujetos pasivos de las mismas. La actividad se centra en el estudio de las cuestiones vinculadas con la pornografía infantil, el uso de imágenes de menores, su privacidad y la protección de datos personales de los mismos.

Según los autores del estudio, «se puede argumentar que la pornografía infantil es un problema multi-jurisdiccional y que sólo un enfoque global mediante leyes uniformes puede tener impacto sobre esta problemática, a fin de evitar que las diferentes posturas de las legislaciones nacionales sobre pornografía infantil permita que los perpetradores concentren sus esfuerzos en jurisdicciones con regulaciones inexistentes o más laxas».

Respecto de las herramientas que se tienen a la mano para enfocar el tema, aparecen los autores señalaron como fuente «tres instrumentos jurídicos internacionales que se ocupan de la pornografía infantil, a saber: el protocolo facultativo sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, el convenio sobre Ciberdelincuencia del Consejo de Europa y el Convenio del Consejo de Europa para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual. Estos tratados contienen definiciones específicas de delitos, así como disposiciones que exigen castigo para las conductas criminalizadas».