La Cámara de Senadores de la Nación aprobó por unanimidad, y giró a Diputados, un proyecto de ley que busca la regulación de la prestación de los servicios de salud mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, conocido como «telemedicina».

El proyecto tiene como objetivo «regular los principios y alcances de la telesalud como modalidad de prestación de servicios de salud y de capacitación del recurso humano, con la incorporación del uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) y dispositivos, para mejorar la accesibilidad y las condiciones sanitarias de la población».

La intención es que el proyecto ayude a definir las condiciones de implementación y las prácticas a distancia que se realizan; contribuir a mejorar la accesibilidad de las personas al sistema, la calidad del cuidado y las condiciones sanitarias de la población; optimizar los recursos disponibles del sistema de salud; promover el desarrollo de la telesalud como estrategia sanitaria; y establecer y fortalecer mecanismos de conectividad y el desarrollo del software y hardware, entre otros.

La intención es que el proyecto ayude a definir las condiciones de implementación y las prácticas a distancia.

Asimismo, se busca que toda la población tenga la posibilidad de acceder a los servicios de salud sin distinciones, ya que uno de los puntos principales del proyecto es que descentraliza la utilización de los recursos sanitarios.

Además, se mantiene la confidencialidad en la relación entre el médico y el paciente en el intercambio de la información.

Por su parte, el Poder Ejecutivo deberá acreditar, registrar, evaluar y habilitar a los profesionales y técnicos que ejerzan actos de telesalud; definir, evaluar, monitorear y auditar los estándares de los programas informáticos y modalidades de atención en telesalud; desarrollar y promover investigaciones y publicaciones en telesalud; y elaborar estándares que garanticen la seguridad de la información y el resguardo de los datos sensibles en salud, entre otras.

En los supuestos de aquellas profesiones a las que se exija un seguro de actuación profesional obligatorio, no será exigible una cobertura adicional para los actos regulados por esta norma.

Los pacientes deben, por su parte, prestar su consentimiento, debiendo ser informados además sobre los alcances, riesgos, limitaciones y beneficios de esta modalidad.

Ese consentimiento puede ser revocado por el paciente en cualquier momento y esa revocación surtirá efectos desde su comunicación fehaciente al servicio de salud.

Se trata de una herramienta para mejorar las condiciones sanitarias de toda la población.

Por su parte, los prestadores del servicio que ofrecen telemedicina y teleasistencia deben acreditar el cumplimiento de los estándares y condiciones de prestación, asegurar los mecanismos para garantizar la identificación de los integrantes del equipo de salud y del usuario; garantizar el tratamiento confidencial de la información y la protección de los datos personales; garantizar los derechos del paciente y aplicar normas y conductas éticas de asistencia y prácticas médica, entre otros.

El presidente de la Comisión de Salud, el radical jujeño Mario Fiad, dijo que el proyecto «viene a traer certezas y definiciones a un tema de enorme complejidad».

«Existe una enorme posibilidad de que se desarrolle y dé beneficios para que sea una herramienta para mejorar las condiciones sanitarias de toda la población», agregó.

Fiad mencionó que «las tecnologías de la información y la comunicación nos ofrecen posibilidades de prestaciones de servicios a distancia, control de pacientes e investigación».