Etiquetas frontales que advierten sobre exceso de azúcares, grasas saturadas y calorías, y límites a las publicidades de comestibles no saludables son algunos de los ejes de la Ley de Promoción de Alimentación Saludable que tiene media sanción del Senado y espera su debate en Diputados.

En relación al etiquetado, el proyecto establece que en los alimentos y bebidas no alcohólicas procesadas y ultraprocesadas deben tener un sello (octógono negro con letras blancas) en la cara principal de advertencia en caso de poseer exceso en azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías. Además, debe advertir específicamente si contiene edulcorantes o cafeína con la leyenda de «evitar el consumo en niños».

En relación a la publicidad, el proyecto establece que «se prohíbe toda forma de publicidad, promoción o patrocinio de alimentos de los alimentos o bebidas que contengan al menos uno de estos sellos que estén dirigidas especialmente para niñas, niños y adolescentes».

En los demás casos, tienen que cumplir una serie de condiciones como no incluir personajes infantiles, enunciar en forma clara el sello, no destacar aspectos nutricionales que puedan confundir, entre otros.

El proyecto de Ley también prevé la promoción de hábitos saludables en los entornos educativos así como la prohibición de comercializar u ofrecer productos con al menos un sello en comedores o quioscos dentro de las escuelas.

El proyecto, que fue aprobado casi por unanimidad el pasado 30 de octubre por la Cámara alta, ahora debe ser tratado en tres comisiones de Diputados: Legislación General; Acción Social y Salud Pública; y Defensa del Consumidor.

En un comunicado difundido en diciembre de 2020, Unicef advirtió que «de convertirse en ley, tal como fue aprobado por el Senado de la Nación, Argentina daría un paso sustantivo y ejemplar en la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, en la mejora de la alimentación y en la salud pública, previniendo enfermedades, discapacidad y muertes».