Por Alejandra Ojeda Garnero

La gerenta técnica de Litoral Gas, Viviana Leegstra junto a Claudio Tonucci, jefe de mantenimiento de redes de Litoral Gas, están acusados de no haber ejercido adecuadamente el deber de control y vigilancia respecto de las funciones delegadas al personal a su cargo, todo ello teniendo en cuenta el peligro que importa la actividad que realiza la prestataria vinculada a la manipulación de sustancias peligrosas.

En la segunda jornada del juicio y luego de los alegatos de las defensas, la ingeniera de la empresa Litoral Gas, Viviana Leegstra pidió la palabra. En los alegatos de la fiscalía y la querella «escuché cosas que nos son ciertas, no tienen un fundamento normativo o estan desacreditadas en el expediente». La profesional expresó que es necesaria la explicación de lo que sucedió para que el tribunal pueda entender lo que sucedió o lo que provocó la tragedia pero debe hacerse sobre cuestiones que son ciertas.

Inmersa en lo que atañe estrictamente a su labor profesional la ingeniera describió el funcionamiento del sistema de distribución de gas natural, para que quienes no conocen del tema puedan entender de qué se está hablando y cuáles son los límites de responsabilidad que hay entre el sistema de distribución operado por las distintas empresas y las instalaciones internas de los clientes.

En ese sentido describió que el gas natural se distribuye a través de redes que en los domicilios se denomina de media presión, que consta de una cañería que va paralela por las veredas de la ciudad, en cada domicilio perpendicular a esa red hay otra cañería de menor diámetro que lleva el servicio hasta el domicilio y allí tiene una válvula de bloqueo de servicio que es la que corta el suministro al domicilio. Luego de esa válvula, hacia adentro de la propiedad está la instalación interna, tanto en edificios como en una vivienda familiar. La red, el servicio y la válvula de bloqueo son propiedad de la distribuidora, en este caso de Litoral Gas y son su responsabilidad, la operación de las mismas y su mantenimiento. Todo lo que está después de esa válvula de bloqueo del servicio, es la instalación interna que es propiedad del cliente. En el caso de los edificios, las partes comunes son propiedad y responsabilidad del consorcio del edificio y desde el medido hasta cada uno de los departamentos es responsabilidad de cada propietario, aunque algunos reglamentos de propiedad horizontal establecen que hasta llegar al propio departamento es una parte común.

Respecto de la válvula de bloqueo, Leegstra explicó que está dentro del gabinete de regulación, algo similar a un armario donde se aloja también el regulador que cumple la función de disminuir la presión que viene de la red, para disminuirla a la presión con la cual debe ingresar el fluido al domicilio, que es notablemente inferior a la que viene en la red.

El regulador es propiedad y responsabilidad del propietario, en este caso del consorcio del edificio, establecido por el reglamento de servicio de distribución de gas. En cambio, todo lo que le corresponde a la distribuidora en cuanto a inversión y mantenimiento está fuera del edificio.

La técnica especialista en el tema se refirió a la versión que indicaba que el gabinete de regulación no estaba instalado donde correspondía, que estaba en el interior del edificio pero aseguró que «es totalmente falso», porque tanto la normativa que habilitó el edificio por Gas del Estado en  el año 1979 permitía la ubicación donde estaba. Esta norma tuvo una revisión en el año 1982, pero mantenía la condición de que el gabinete estuviese dentro del límite municipal, que tenga libre acceso y esté al exterior.

en las veredas va al domicilio y tiene una llave de paso, hacia a dentro de la propiedad se llama instalación interna, la red la válvula de bloqueo son propiedad de la empresa y su responsabilidad, lo que es la válvula. Interna es propiedad del edificio partes comunes responsabilidad del consorcio, y los demás son propiedad del departamento

El gabinete de regulación es un armario donde esta la valvula de bloqueo y regulador, que regula la presión del fluido, el regulador es responsabilidad del consorcio del edificio, esta establecido en el reglamento de servicio

Todo lo que corresponde a litoral gas es responsabilidad de la empresa, todo lo demás del edificio

Es falso que el regulador o el gabinete estaba en el palier eso es falso, estaba donde dice la norma que debe estar

El edificio fue habilitado por gas del estado en 1979 , la norma tuvo una revisión en el año 82, ambas versiones permiten que el gabinete este en un lugar que tenga libre acceso, como era el caso de salta 2141. Tenía las medidas adecuadas y cumplía con la normativa.

También se dijo que el edificio debía tener doble regulación y que no debió habilitarse porque había más de cinco departamentos se exigían los dos reguladores, «eso tampoco es así, es totalmente falso». La norma que rige a partir del año 1982 expresa que para los edificios de mas de cinco departamentos se deben instalar dos reguladores, porque da mayor confiabilidad a la continuidad del servicio, es decir que si uno falla el otro continúa funcionando, no se trata de una cuestión de seguridad. Porque si fuese así estaría condenando a todos los edificios que tienen menos de cinco departamentos a estar en una condición de inseguridad porque no exige dos reguladores.

También se refirió al trabajo que realizó el gasista José Luis Allala el día que reparó la pérdida en el gabinete. «Se dijo que Allala había modificado el regulador y las instalaciones dentro del gabinete y por lo tanto no se tendría que haber rehabilitado el servicio porque se tendría que haber adecuado la instalación a la nueva exigencia de las normas. Leegstra dijo que «eso tampoco es así» porque se considera que la sustitución de los elementos, dos niples y un codo, por otros no se considera modificación por el Enargas, solo exige que los elementos reemplazados cumplan con la normativa vigente.

En cuanto a las apreciaciones que la válvula de bloqueo era vieja, que operaba pero que había necesidad de operar una fuerza superior a la de un hombre normal consideró que la válvula de tapón lubricado, es muy sencilla, muy noble mecánicamente, tiene un vástago que se gira con una palanca a noventa grados y cierra o abre, con un indicador que muestra claramente si está abierta o cerrada. La válvula «estaba operable» indicó la ingeniera quien señaló que Allala con su conducta antirreglamentaria lo demostró y así lo indica la pericia. El registro indica que la válvula fue operada en seis oportunidades. La pericia indicó que el trabajo de Allala estaba bien hecho, según la ingeniera. También indicó que la válvula estuvo operable incluso después del siniestro, elemento secuestrado el mismo 6 de agosto, día de la tragedia.

Se deslizó en los alegatos que había una seguidilla de reclamos a la empresa por problemas en el servicio después de la rehabilitación que realizaron Curaba y Oller el 26 de julio. En el expediente consta, según Leegstra, que en los cinco años precios al 24 de julio, en el cual la vecina Mariela Bozzo hizo su reclamo por poco gas, no hubo ningún reclamo proveniente del edificio por algún motivo técnico. Además aseguró que «entre el 24 de julio y el 6 de agosto no hubo reclamos en Litoral Gas», por lo tanto los reclamos que mencionan «refieren a los que fueron realizados a la administración, pero  nunca fueron registrados en la empresa».

En relación al cuestionamiento sobre el tiempo razonable para cortar el suministro en el momento de la fuga, la especialista dijo «¿cuánto es un tiempo razonable? Era muy difícil el acceso, «estuve en el lugar casi desde el inicio», primero se dijo que había explotado la caldera de un edificio, pero ante la gravedad de la situación «tome un taxi», porque estaba en una reunión en Mitre y San Lorenzo (oficina central de la empresa), pero a las pocas cuadras «quedamos atorados en el tránsito y seguí caminando hasta llegar al lugar. Todo era un caos, a medida que me acercaba la escena era dantesca, propia de una zona de guerra que no voy a olvidar jamás». 

Una hora y media llevó a Defensa Civil y a todos los que intervinieron en el desastre, organizar la zona y los operativos. Había calles bloqueadas, el tránsito se colapsó, pero «ya teníamos nuestra gente trabajando allí y toda la adrenalina que había allí hizo que todos hicieran lo que tenían que hacer lo más rápido posible».

La especialista remarcó que no se puede establecer a priori cuanto tiempo demandará un operativo de esas características que depende de múltiples circunstancias como el lugar donde se produjo, la facilidad de acceso a las instalaciones y demás.

La pericia que realizó la policía criminalística de Cordoba indicó que «nuestro trabajo se hizo en el menor tiempo posible y que la empresa no hubiese podido hacer algo diferente».

Otro tema que fue recurrente es, lo que la imputada considera, una confusión entre la relación de la empresa y las cinco personas que estamos sentadas afrontando este proceso. Se quejó también de la responsabilidad que le achacan de no haber realizado las inspecciones de los domicilios cuando cambió la norma que tenía otras exigencias, y explicó que «eso no esta dentro de mi área, pertenece a la parte comercial». 

Con respecto a la falta de capacitación de los empleados de la empresa dijo que «nunca en el expediente se ocuparon de saber si había capacitación. En el inicio de la causa, se enviaron todas las carpetas de capacitación de todo el personal».

Además se quejo de la imputación porque «dice que yo incurrí en las siguientes omisiones: contraria a lo dispuesto en el anexo 27 de lo dispuesto en el contrato de transferencia de acciones, como todas que regulan la actividad», cuestión que tiene que ver con las acciones de la empresa y en este sentido la ingeniera aclaró «no soy accionista de la empresa, soy empleada», también le reprochan «no haber exigido reporte a Tonucci y Bolaño, ambos bajo la órbita de referencia a su cargo que contuviera un croquis de la perdida del gabinete de regulación, corte de suministro, con qué dispositivo fue sacado, no haber exigido un informe a Tonucci, Curaba y Oller sobre los trabajos realizados por el matriculado interviniente en la normalización de las irregularidades que motivaron el corte del suministro el 25 de julio, luego que procedieron a rehabilitar el servicio de gas en ausencia de gasista matriculado», se le suma a ello la supuesta falta que refiere a «no haber constatado la instalación de un regulador no permitido en el edificio». También se suma a la imputación «no haber instruido al personal a su cargo respecto de las normas de seguridad que debían observar ante la detección de pérdidas, la manipulación de las redes y en particular para rehabilitar el servicio de gas», entre otras. «Imprudencia, negligencia, omisiones e inobservancia de reglamentos, ordenanzas que posibilitaron el resultado luctuoso y no permitieron la interrupción del servicio en un lapso acorde con la gravedad de este tipo de acontecimientos», argumentos con los cuales se le imputa el delito de estrago culposo agravado. 

Ante la enumeración de imputaciones, la profesional dijo que «cuando leí esto quede atónita porque no entiendo qué cosa no cumplí y cómo eso se relacionó con la ocurrencia de la tragedia». En este sentido, la ingeniera rechazó su imputación y se quejó de la pretensión de vincular sus funciones de gerente técnico con este episodio provocado por una manifiesta negligencia de un gasista matriculado que deliberadamente actuó a espaldas de Litoral Gas y provocó la fatal tragedia del 6 de agosto de 2013. 

Finalmente, expresó que «ha sido un proceso largo desde aquel 6 de agosto para todas las partes, no solo para los que sufrieron la muerte de un familiar, tuvieron heridos y quienes perdieron su casa, mis condolencias para todos los familiares y su dolor es mayor a todo lo que se pueda imaginar», pero aclaró que «su dolor no va a menguar con la condena de personas que no tuvimos nada que ver con esta tragedia».

También pidió la palabra el gasista José Luis Allala

El gasista José Luis Allala reparó la pérdida de gas que había en el gabinete regulador el 26 de julio de 2013, cambió dos niples y un codo, verificó que el problema de la pérdida estuviese solucionado y se retiró del lugar. Nunca más volvió en esa semana previa a la tragedia.

Pidió disculpas al tribunal por su forma de expresarse, porque «no estoy acostumbrado a esto».

El gasista dijo que fue llamado para «reparar una pérdida, puse un codo nuevo y dos niples, llamé a la guardia de Litoral Gas como se hace habitualmente, pasé la matrícula, mi nombre, informé que estaba reparada la pérdida y me dijeron que me iban a llamar. Ese fue todo mi trabajo». 

En esa línea se despegó del fatal suceso, «yo no tuve nada que ver después». 

A partir de ese día, «mi vida no fue la misma, me cambio por completo, perdí muchos trabajos, porque estaba expuesto mi nombre, mi apellido, una foto en la televisión». 

Toda esta situación desencadenó en una enfermedad, que hasta hoy lo tiene bajo tratamiento médico».  

«Escuche cosas terribles, que no es verdad, dicen que le pegue con un martillo al regulador, hablan sin saber, no conocen el trabajo, dicen cualquier barbaridad», y volvió a reiterar: «Hice mi trabajo y nada más, no tengo nada que ver con lo qué pasó después». 

El gasista reclamó: «Porque tengo que pasar por esto, no entiendo, no puedo vivir tranquilo, tengo hijos, nietos, un montón de cosas. No vivo tranquilo, porque se lo que pasó. Pero no entiendo por qué tengo que pasar por esto». 

El hombre reclamó «que no me acusen sin saber, dicen tantas barbaridades, expusieron mi foto en la televisión y perdí mucho trabajo».  También explicó que lo llamaron a través del plomero del edificio, porque había una perdida en el gabinete. «Me llama Gauna a través de la administradora del edificio, y solo reparé la pérdida que estaba en un codo», expresó visiblemente consternado.

Para finalizar sintetizó que «para reparar cerré la llave de paso, constate la pérdida compré un niple, lo cambié, revisé con agua jabonosa y al ver que no perdía mas volví a abrir la llave de paso. Terminé el trabajo», concluyó.