LUNES, 02 DE DIC

Le dieron 15 años al «chacal de Vera» y el fallo recoge todo tipo de críticas

El imputado está acusado de abusar durante 6 años de su hija, con la que convivía. Luego de cumplir prisión preventiva por esos crímenes, volvió a abusar de ella pero en esa ocasión en la vía pública. Los fiscales habían pedido 30 años. 

El viernes 13 de abril un Tribunal Pluripersonal, integrado por los jueces Mauricio Martelossi, Claudia Bressán y Leandro Díaz, y constituído en Vera sentenció a 15 años de prisión a Manuel Alcides Díaz, más conocido como «el chacal de Vera», por abusar sexualmente  durante 6 años de su hija menor de edad. El fallo despertó la indignación de los fiscales y familiares, quienes adelantaron que apelarán la sentencia, y de algunos funcionarios públicos que cuestionaron duramente al Tribunal por su decisión.

El chacal de Vera

Manuel Alcides Díaz es un empleado judicial de la localidad de Vera. En el año 2015 fue denunciado por primera vez por la madre de la víctima. En ese primer legajo se investigaron abusos sexuales a la niña ocurridos en un número indeterminado de veces, durante el transcurso de varios años,  en la casa en la que convivía con su padre y en la que compartían la habitación.

En ese entonces, el fiscal Leandro Benegas imputó a Díaz como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y por ser el autor el encargado único de la guarda y cuidado de la menor, aprovechándose de la convivencia.  Además, le atribuyó la autoría del delito de abuso sexual gravemente ultrajante (por la circunstancia de su realización), reiterado y agravado (por el vínculo y por ser el autor el encargado único de la guarda y cuidado de la menor, y aprovechándose de su situación de convivencia) y corrupción de menores agravada (por el vínculo). Los dos hechos fueron imputados en concurso real.

La segunda acusación contra Díaz se generó a raíz de los hechos ocurridos en junio de 2015, luego de que el imputado recuperara su libertad tras haber estado en prisión preventiva por los cargos en su contra.

“En la noche del miércoles 24 de junio, el hombre persiguió a su hija en la vía pública, la sorprendió por la espalda, la golpeó y luego abusó sexualmente de ella en un tinglado en construcción”, detalló el fiscal Benegas. “Finalizado el abuso sexual al que fue sometida, entre llanto y desesperación, la niña comenzó a correr por la calle y a los pocos metros se desmayó y cayó inconsciente al piso. Unos vecinos que pasaban por el lugar avisaron a los servicios de emergencia, y una ambulancia del hospital regional de Vera trasladó a la niña a un centro de salud donde recibió atención médica”.

Cinco días después de haber violado a su hija en la vía pública, y a pesar de estar vigente una prohibición de acercamineto, el acusado interceptó a la adolescente en la calle para pedirle que «desistiera de la denuncia penal por los abusos sufridos durante su infancia». «Ante la negativa de la víctima, el padre le sugirió que se suicidara” detalló Benegas a la prensa. «Ese mismo día a la noche, el acusado le envió una solicitud de amistad a través de la red social Facebook”.

Al día siguiente de este último episodio, la niña intentó suicidarse ingiriendo medicamentos que le sacó a su madre y debió ser hospitalizada.

Por estos hechos ocurrido en 2015, Benegas imputó a Díaz como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado (por haber producido un grave daño en la salud física y moral de la víctima; por el vínculo al ser el autor el encargado único de la guarda y educación de la menor y tener la tenencia judicial de la menor en forma exclusiva). En tanto, por lo ocurrido un mes antes, Benegas le atribuyó la autoría del delito de desobediencia a una orden judicial. Los dos hechos fueron atribuidos en concurso real.

Otro de los aberrantes episodios que fueron investigados en esta causa tiene que ver con lo ocurrido en la Alcaidía de la ciudad de Vera donde quedó detenido Díaz por segunda vez, luego de abusar de la joven en la vía pública.

En septiembre de 2015, la niña fue inducida por una hermana y por su abuela y su tía paternas a ingresar a la celda en la que estaba alojado su padre, quien nuevamente la intentó convencer para que cambiara su declaración judicial. Estos hechos, que forman parte de otra investigación, también fueron puestos a consideración del tribunal en el juicio oral y público.

Pedido de 30 años, condena de 15

En relación a las pruebas presentada, Benegas detalló: “Contamos con el testimonio que brindó la víctima en Cámara Gesell y con informes muy precisos de la psicóloga que la entrevistó; con documentos elaborados por los peritos de la propia Corte Suprema de Justicia de la provincia; y con estudios realizados en la ropa de la víctima en los que se encontró ADN del acusado”.

De acuerdo a esas pruebas, la Fiscalía y los abogados querellantes (en representación de la madre de la víctima y expareja del condenado) habían solicitado 30 años de prisión efectiva.

El tribunal decidió condenar a Díaz como autor de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante por la circunstancia de su realización, reiterado, agravado por el vínculo y por ser el autor encargado único de la guarda y cuidado de la menor, y aprovechándose de su situación de convivencia; abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y por el el autor el encargado único de la guarda y el cuidado de la menor y aprevechándose de su situación de convivencia; y desobediencia de una orden judicial. Los tres delitos en concurso real.

Por otra parte, decidió absolverlo de los delitos de corrupción de menores agravada por el vínculo y de abuso sexual con acceso carnal agravado por producir graves daños en la salud física y mental de la víctima, por el vínculo jurídico al ser el autor encargado único de la guarda y educación de la menor y tener la tenencia judicial de la misma.

“Estamos sorprendidos con la resolución del tribunal”, admitió Benegas. “No compartimos el monto de la pena, ni tampoco los delitos que fueron desestimados”, agregó. “Analizaremos los fundamentos del fallo con atención y luego agotaremos las instancias que corresponden”, adelantó.

El fiscal del MPA manifestó que “se le creyó a la víctima que fue abusada cuando tenía nueve años, pero no que fue abusada el 24 de junio de 2015. Y en este abuso de 2015 se encontró ADN del imputado en la ropa de la víctima”.

Repudios

Las repercusiones de la sentencia no se hicieron esperar. La madre de la joven denunció públicamente a los jueces acusándolos de corruptos y comenzaron a sumarse algunas voces críticas, si bien aún se desconocen los fundamentos del fallo.

Una de esas voces que se sumó a la polémica es la del diputado Jorge Henn, quien sentenció: «La justicia tendrá que responder por este fallo».

“La absolución es por un nuevo abuso que cometió contra su hija cuando tenía prisión preventiva”, expresó visiblemente consternado el legislador y agregó: “Un juez lo liberó y volvió a violarla. Fue encarcelado por abuso sexual y por haber producido graves daños en la salud física y mental de la víctima, que repetimos era su hija”. Cabe aclarar que las pruebas de ADN del hombre en la ropa de la niña, confirmaron la agresión sexual. “¿Cómo es posible? ¿Con qué argumentos el Tribunal excusa a Díaz de la responsabilidad por el abuso ocurrido el 24 de junio de 2015 y la de corrupción de menores?” pronunció el diputado.

“Esperamos que el fiscal apele y la Cámara de Apelaciones remedie la justicia en el caso”, sentenció el ex vicegobernador y se preguntó: “Las pruebas ineludibles que no tomó el tribunal en cuenta, ¿lo hacen pasible de enjuiciamiento?».

Para el diputado Henn: “La decisión del Tribunal pluripersonal es escandalosa y puede hacer pasible a cada uno de los jueces que lo integran de Jury de Enjuicimiento”, de acuerdo a lo reglamentado en la Ley 7050 para enjuiciamiento de magistrados de la Provincia.

“Los legisladores estudiaremos a la luz de los hechos y de los argumentos que dé el Tribunal, así como su actuación en otras causas, y en su caso, denunciaremos ante la Corte Suprema de Justicia u otros” advirtió el diputado.

«Un importante papel le cabe al Procurador de la Corte Suprema de Justicia, ya que está obligado a denunciar los hechos que constituyan causales de remoción de jueces. Así como llevar adelante la acusación en el enjuiciamiento de los magistrados», enfatizó en un comunicado el diputado Henn.

Finalmente pronunció: “Quizás también, sea hora de conformar una Comisión Investigadora en la Legislatura, por los reiterados reclamos ante juicios penales por abusos a menores o violencia de género que estallan escandalosamente en el norte de la provincia, porque a esto no lo vemos en las otras jurisdicciones judiciales. Vamos a tener toda la prudencia necesaria, pero no seremos cómplices de nadie si existen maniobras en perjuicio de las víctimas, menos aun siendo menores, o malas prácticas judiciales. Cada poder, desde la responsabilidad que le cabe deberá actuar en defensa de las víctimas y mejorar el sistema por los desvíos e injusticias que existan”.

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