Por Alejandra Ojeda Garnero

Un nuevo capítulo se escribe en el juicio por la muerte de Franco Casco donde son juzgados 19 policías acusados de desaparición forzada seguida de muerte y tortura, por lo que enfrentan una posible pena de prisión perpetua, aunque aseguran que el joven salió en libertad de la comisaría séptima el mismo día que fue detenido, el 7 de octubre de 2014.

Los testimonios brindaron integrantes de las distintas fuerzas que intervinieron en diferentes instancias desde la desaparición de Franco Casco, luego de abandonar la casa de su tía Roque en Empalme Graneros, hasta el momento en que fue hallado su cuerpo en las aguas del río Paraná, echaron luz sobre algunos puntos puestos en crisis a lo largo de la investigación.

Con las declaraciones testimoniales de esta jornada de juicio quedó claro que, contrariamente a lo que afirma la acusación, Franco Casco no fue detenido el 6 de octubre y mucho menos en la Estación de trenes Rosario Norte. También se puedo saber que la ficha dactiloscópica que fue remitida a la sección de la Unidad Regional no arrojó datos sobre la identidad del joven.

La controversia sobre el nombre que figuraba en la denuncia de búsqueda de paradero, realizada por la tía María Roque Casco, fue aclarada por quien receptó dicho trámite.

Por otra parte, efectivos de Asuntos Internos que participaron, bajo las directivas del fiscal a cargo, en la investigación por la búsqueda de paradero detallaron las tareas que llevaron adelante para dar con el joven. La acusación que pesaba sobre ellos, sobre “plantar pruebas”, fue descartada de plano.

Prestó declaración el comisario coordinador del gabinete científico, quien dio detalles sobre el estado del cuerpo de Franco Casco al momento de retirarlo del agua.

Muchas son las situaciones puestas en crisis en la causa por la muerte de Franco Casco. Desde la fecha y lugar de detención, la ficha dactiloscópica enviada para su identificación, el nombre de la primera denuncia que realizó la tía de Franco en la comisaría 20, el nombre que dio el propio Franco Casco al ser detenido en la comisaría séptima, el hallazgo del cuerpo y posterior reconocimiento.

Los integrantes de las distintas reparticiones que participaron en todo este derrotero, sin saber en su momento que el caso devendría en una cadena de hechos desafortunados, se presentaron hoy a dar testimonio de sus acciones ante el tribunal integrado por Otmar Paulucci, Osvaldo Facciano y Ricardo Vázquez.

Sobre la ficha dactiloscópica declaró en primer término el suboficial Gasparini Ray, quien manifestó que en octubre del 2014 cuando sucedieron los hechos que se ventilan en este juicio se desempeñaba en “la sección dactiloscopía” encargada de realizar la identificación de personas fallecidas, todo lo que viene de las comisarías, cotejos, “todo lo que respecta a huellas digitales”.

El procedimiento de la entrega de ficha dactiloscópica de Franco Casco fue severamente cuestionado por la acusación, por tal motivo, el fiscal le pidió al experto que detalle el procedimiento de identificación, que “como al día de hoy trabajo con un archivo dactiloscópico y el sistema dactiloscópico creado por Vucetich, que según el sistema argentino se clasifica de acuerdo a los cuatro tipos fundamentales”.

El procedimiento de identificación de una ficha dactiloscópica se realiza en un tiempo aproximado de dos horas, puede presentar alguna modificación con respecto a la original, o puede ser que no se encuentre, pero siempre se agotan todas las posibilidades, “si da negativo se informa como no identificado”, aclaró el experto.

En relación al nombre que figuraba en la ficha recibida por dicha sección, Franco Godoy, Gasparini Ray precisó que para la identificación “solo se usa la huella”.

La ficha remitida por la comisaría debe tener ciertas características que se deben respetar, en principio “debe tener la huella de todos los dedos, acta de procedimiento y una nota de estilo de la comisaría que la envía”.

Con respecto a la comparación de la ficha, el experto especificó que se compara “con los prontuarios de la Unidad Regional 2, ni siquiera trabajamos con DNI, trabajamos con los datos que dio la persona la primera vez que fue a una comisaría”, es decir que si la persona no es de la provincia “no se la puede identificar” y en ese caso se informa “como no identificado”, precisó.

En el caso que llegue a la sección una ficha mal confeccionada desde la comisaría, “se rechaza, vuelve a la comisaría para que se vuelvan a tomar las huellas y vuelve a dactiloscopía”, como ocurrió en el caso que está en juicio.

Por otra parte, la ficha llega a dicha sección “con el nombre que la persona dio en la comisaría” aunque sea falso. Esto se modificó “a partir del 2015 se coteja con ReNaPer, antes quedaba el nombre que usted dio”.

Al ser consultado sobre la frecuencia de fichas bajo un nombre y al tiempo aparece con otro, dijo que “si, pasa montones de veces”, pero agregó “no tengo idea por qué una persona cambia su nombre en una comisaría”.

Los motivos del rechazo de una ficha para su ingreso a la sección dactiloscopía son varias, al respecto el experto enumeró “falta de claridad en la huella, manchones, huellas arrastradas o encimadas”, entre otras.

Por su parte, Fabián Vassano, jefe de dactiloscopía aclaró que al identificar la ficha se informa a la comisaría si la persona “tiene captura y se da curso a la oficina de identificación de detenidos”. En ese sentido aclaró que el medio por el cual se informa “es por teléfono”. Pero en este caso se informó que “no estaba identificada en se entregó al agente Silva”, y agregó que “por lo general lo retiran y queda constancia en el libro de guardia y la policía lo retira firmando un recibo”.

Otra de las diligencias que fue cuestionada en la investigación fue la denuncia que la tía de Franco Caso realizó en la comisaría 20 el 8 de octubre, según consta en el expediente. En este punto fue el turno de declarar el ex comisario Roberto Quiroga, quien estaba a cargo de la comisaría en octubre del 2014.

El excomisario recordó que existía un protocolo para búsqueda de paradero “se daba comunicación a diversas fuerzas de seguridad, se preguntaban diversas características sobre la persona”, también dijo que “se le tomaba la denuncia en el mismo momento que se presentaba la persona y se remitía a Fiscalía”, también dijo que “mediante nota se informaba a la policía nuestra, a la Federal, y ellos hacían distintas diligencias”.

“Cuando se recibía una denuncia de paradero, se mandaba a Jefatura y a la Policía de Santa Fe, con los datos que figuraban en la denuncia. Nosotros creíamos que quien denunciaba daba el nombre correcto. Y que después que lo acredite con el documento”.

La acusación deslizó que en la comisaría 20 no le tomaron la denuncia de forma inmediata, sin embargo el comisario aseguró de forma categórica que “siempre se tomaban las denuncias, nunca se esperaba, apenas ingresaba a la comisaria, la tomaba el sumariante de turno”.

Del mismo modo fue cuestionado el acta de detención de Casco, por un error involuntario en el encabezado, en este sentido Quiroga aclaró que “hay gente que trabaja sobre un modelo y van modificando los datos y los encabezados, y otros lo hacen en un documento en blanco”.

Para aclarar sobre el nombre que aparece en la denuncia de búsqueda de paradero que realizó María Roque Casco en la comisaría 20, la sub inspectora Cintia Belgara quien en  ese momento se desempeñaba como sumariante, dijo que recuerda “haber recibido la denuncia de paradero de apellido Casco de parte de la tía, pero cuando surgió el tema apareció otro nombre”. Al mismo tiempo aclaró que “la denuncia se realiza con un modelo prearmado que se va modificando”.

Llamativamente, la agente dijo que “no llevó una foto”, y recuerda que el nombre que ella dio (Lucas Ezequiel Casco) no era el que surgió después, además aseguró que “tomé el nombre que la tía me dio en ese momento”.

Para despejar las dudas sobre el accionar de los efectivos del entonces Asuntos Internos, dieron testimonio quienes participaron en las tareas asignadas por el fiscal que investigaba la búsqueda de paradero de Franco Casco en un primer momento, en la Justicia provincial. Todos coincidieron en que no había sospechas del fiscal sobre el personal de la comisaría séptima y solo fueron a colaborar con algunas tareas específicas, en ese caso, tanto como lo hacían en otros donde los involucrados eran civiles.

A su turno, Carlos Ríos, se desempeñaba en dicha repartición “como sumariante” y fue allí cuando “el jefe de la división me informa que por orden de Candia (jefe de la delegación Sur de Asuntos Internos) y (el fiscal Guillermo) Apanowicz había que buscar en sede de la comisaría séptima con ordenes impartidas por el fiscal de la causa”.

La diligencia tuvo que ver con el registro fílmico que luego generaría controversias en relación a las pruebas que recolectaron con la posible aparición con vida de Franco Casco, por este hecho Candia sería luego acusado de “plantar pruebas” por el entonces defensor público penal Gabriel Ganon. En definitiva, Ríos contó que “me presenté en una iglesia evangélica que estaba a unas cuadras de la comisaría, donde aparentemente habían visto a una persona parecida a la que buscábamos. Me comunico con Candia, él a su vez con Apanowihz quien nos dice que tomemos declaración y tomemos el registro fílmico, que luego le entrego en un pen drive”.

Fueron atendidos en la iglesia evangélica por el pastor y tres miembros del templo, “dos decían que se parecía y otro que no, y que se movía en la terminal de ómnibus. Recibí la orden de buscarlo por la terminal. Con Pieroni lo vimos y manifestó que se llamaba Salinas y dijo que había estado en la iglesia. Para identificarlo lo llevamos a la séptima pero lo llevamos de vuelta a la estación porque era un chico que estaba siempre por ahí” en la zona.

Otro punto cuestionado fue el llamado del vecino Daniel C., quien se comunicó sin éxito primero al 911, luego al teléfono fijo de la comisaría y por último intentó con el celular del comisario Álvarez quien había facilitado su número a los vecinos para que lo llamen, en última instancia, si ocurría algún hecho de inseguridad.

En ese sentido, Ríos le tomó “declaración a C., había comentado que salía de su domicilio junto con su familia y vio dos personas con actitud sospechosa y llamo al jefe de la comisaria, de ese testimonio deje constancia en un informe”.

También, y siempre por orden del fiscal, realizó otras medidas, como “un informe sobre la médica que examinó a Franco Casco durante su detención, “Zelaya es la médica, hice un informe sobre una línea de tiempo de antes y después de haber estado en la comisaría séptima”, además, el fiscal pidió el libro de guardia para saber dónde había estado la médica antes y después y con eso se hizo un informe, pero yo no saco las conclusiones”, aclaró.

Sobre la fecha de detención de Franco Casco, sobre lo cual la acusación asegura que fue el 6 de octubre de 2014 en la estación de trenes Rosario Norte, Ríos indicó que “no” encontró ningún dato que indique que Franco Casco estuvo en ese lugar luego de dejar la casa de su tía. Como tampoco halló ningún dato que indique que fue detenido día 6, ya que “el acta de denuncia del vecino C. era del día 7 de octubre”.

Al ser consultado sobre si el fiscal Apanowicz tenía alguna sospecha sobre el accionar policial en la desaparición de Franco Casco, vale recordar que en ese momento todavía no había aparecido el cuerpo y estaba vigente la búsqueda de paradero, Ríos indicó rotundamente “no, porque si fuese así tendría que haber intervenido otra fuerza”.

Sergio Pieroni prestaba funciones en el 2014 como inspector jefe interino de la división investigaciones de Asuntos Internos, aseguró que su tarea era “investigar causas, auxiliar de la justicia, todo por orden judicial”.

Pieroni dijo que “el titular era Aníbal Candia y recibía instrucciones del fiscal Apanowihz y el me daba directivas de lo que había que investigar”. “Estábamos en algunas tareas puntuales en esa búsqueda de paradero”.

Indicó que el 24 de octubre, cuando aún no había aparecido el cuerpo de Franco Casco, “fui a la comisaría séptima con Carlos Ríos, secuestramos el libro de actas y otra documental. Dejamos constancia en el expediente que se genera, la documental que fuimos a buscar por orden del fiscal y se agregó a nuestro expediente”.

El efectivo policial, resaltó que “las indicaciones son del fiscal”, y detalló que “en la comisaría sacamos copias del libro y otra documental, creo que fue la copia del recibo de las actuaciones que mando la comisaría séptima a la fiscalía interviniente”.

Los abogados volvieron sobre la fecha y lugar de detención de Franco Casco, Pieroni fue categórico al indicar que “no encontró en la investigación datos que refieran a que la detención de Casco se haya producido el 6 de octubre en la estación de trenes.

El relato de Pieroni coincide totalmente con el de Ríos sobre la presencia de una persona parecida la buscado Casco, en una iglesia evangélica de la zona.

Contó que se enteró porque “Candia recibió una comunicación de Ariel Zancocchia, inspector de zona de esa jurisdicción, Candia le avisa al fiscal y el fiscal da la orden de concurrir a la iglesia y que se hagan las diligencias”.

Luego fue el turno de Aníbal Candia, quien en 2014 era jefe de la delegación zona sur de Asuntos Internos y quien recibía las órdenes del fiscal para realizar determinadas tareas en la búsqueda de paradero de Franco Casco. Con competencia en siete departamentos del sur de Santa Fe, su función era intervenir e investigar “hechos donde existían delitos donde había personal policial cuestionado”.

Sobre la intervención que tuvo en la investigación, dijo que “el 24 de octubre de 2014 recibo una llamada del fiscal Fernando Dalmau, quien me solicita que me constituya en su oficina, me dice que estaba tramitando, era nuevo el sistema, una denuncia de una señora Casco de su sobrino, Lucas Ezequiel y que estaban actuando organismos de Derechos Humanos”.

Le informaron que “sabían como último dato que había estado en la comisaría séptima y me pide que busque libro y actuaciones en la comisaría a nombre de Lucas Casco, por una denuncia del 8 de octubre”.

En consecuencia, “dispongo que Pieroni con Ríos se entrevisten con el titular de la comisaria Diego Álvarez y Zancocchia, que era inspector de zona. Ahí se determina que se tome testimonios y se sabe que Franco estuvo detenido el día 7 al mediodía por resistencia a la autoridad. Esto se origina por una denuncia del vecino C.”.

Por otra parte, y como es habitual en estos casos, “me comunico con Ramón (Casco) para avisarle que estaba trabajando en la búsqueda y quedamos que cualquier novedad me llamaba. Pero nunca me llamó”.

Luego, Candia relató el episodio de la iglesia, del mismo modo que lo hicieron Ríos y Pieroni, al indicar que “recibo un llamado de Zancocchia diciendo que lo vieron en una iglesia. El fiscal dijo que vayamos en la noche del 29 y madrugada del 30. Estaban Zancocchia, Álvarez, el pastor y tres miembros de la iglesia. El pastor no declaró porque no lo vio. Se le toma testimonio a tres miembros y dos de ellos dicen que si, (era Franco) que le dieron un sándwich y unas zapatillas. Uno dice que no, es el que está siempre en la terminal”.

Tras hacer un rastrillaje por la zona de la terminal de ómnibus, logran dar con la persona del video, que “era Salinas y esa hipótesis de que había estado con vida en la iglesia se desvanece porque no era”.

El cuestionamiento a los efectivos de Asuntos Internos surge a partir de las declaraciones de un funcionario del ministerio de Seguridad, porque “en ese momento Del Vecchio ya había hablado con Lamberto para ver los videos” y afirmaron en distintos medios, sin tener todavía la información confirmada que se trataba de Franco Casco, y posteriormente, “el día 31 se sabe que aparece un cuerpo en el rio y se determina que era Casco”, y en realidad quien “desactiva la versión del video es Asuntos Internos”. Y agregó “sobre eso Ganón salió en los medios a decir que Candia plantó pruebas, nosotros fuimos los que descubrimos que el del video de la iglesia no era Casco”, aseguró.

“El fiscal ordena que se secuestre el libro y documental de la comisaría y el teléfono de Acosta quien le tomo la foto del prontuario”, indicó Candia en consonancia con el resto de los testigos.

Acto seguido, “Apanowicz indica varias diligencias, el día 4 de noviembre se determina que se entreviste a los detenidos de la séptima. Ninguno había manifestado nada raro” hasta ese momento.

Tres años después, “en agosto de 2017 tomamos conocimiento por una noticia de Rosario 3 que nos iban a detener, entonces nos presentamos automáticamente”, al recordar que “fui el primero en declarar en la causa”.

También aclaró que las tareas ordenadas por el fiscal no fueron inmediatas, sino que “tuvimos conocimiento de la causa 17 días después de la denuncia”.

También remarcó que se sorprendió cuando “después de esos tres años y medio”, nos enteramos “que había una versión que había sido detenido el día 6, luego de la declaración de los detenidos sin ningún control de parte”.

Al igual que el resto de los efectivos que se desempeñaban en Asuntos Internos, remarcó que “nuestro rol fue de auxiliar de la justicia e hicimos las tareas que nos asignaba la fiscalía”.

Sobre si existía alguna sospecha sobre los policías de la séptima sobre la desaparición de Casco, dijo que “había protocolo de actuación sobre búsqueda de personas de febrero de 2014, cuando arranca el nuevo Código procesal de la provincia. Y decía que si el fiscal que sospechaba en una búsqueda de paradero sobre la actuación policial debía dar intervención a una fuerza federal, según la resolución del Dr. Baclini”.

Al igual que sus pares, indicó que si hubiese sospecha del fiscal sobre el accionar policial en el caso investigado tendría que haber dado intervención inmediata a otra fuerza.

Respecto de la detención el día 6 de octubre dijo que “las testimoniales de los detenidos en la comisaría se tomaron un año y medio después en la fiscalía federal”, sin control de partes, y “nosotros nunca supimos nada del día 6, esa versión me entero cuando me detienen”.

También Candia se refirió al día y lugar de detención, al asegurar que “nunca hubo elementos de que estuvo en ese lugar”, refiriendo a la estación de trenes, como tampoco sobre el día 6 como fecha de detención”, y reiteró me enteré “cuando me detienen”, tres años y medio después, el 4 de septiembre de 2017.

Se dijo que Franco Casco fue revisado por una medica policial en la comisaría, luego de ser detenido, la médica determinó que estaba como perdido o desorientado, pero la acusación cuestionó el accionar de la médica Zelaya al afirmar que no estuvo en la comisaría y por ende no revisó a Franco, ya que sostienen que estaba “todo torturado”, como indicó su padre en otra audiencia. En cambio, Candia refirió que “se hizo una línea de tiempo del recorrido de Zelaya para saber la cantidad de presos que vio ese día, en la séptima tenía el ingreso”.

También aportó su testimonio Estela González, quien trabajaba como jefa de división de inspecciones en el año 2014. Su función en este caso fue recibir órdenes de Aníbal Candia y decidir quien ejecutaba esa orden. Refirió que Candia recibía órdenes del fiscal, “nunca tuvimos una causa, solo algunas tareas”.

Un testimonio clave fue el de Rubén Arévalo, quien se desempeñaba como coordinador del Gabinete Científico de la policía provincial, “desde siempre cumplí esa función”, pero hoy se encuentra retirado.

Arévalo recordó haber participado en el hallazgo de “un NN sin vida, en el turno de la Dra. Mariana Prunotto. Estaba en el playón de Prefectura. Fui llamado por el oficial de Prefectura para solicitando colaboración porque no tenían Gabinete Criminalístico”.

“Había una persona rescatada de las aguas, masculino NN, me dirigí al lugar con la fotógrafa Silvia Ochoa, el agente González y el Dr. Minucci”, indicó y agregó que “di apertura a la parte pericial, examen de cadáver, tomar fotos, croquis provisorio y labré el acta por orden de la fiscal.

Al ser consultado sobre las condiciones del cuerpo dijo que “me llamó la atención un tatuaje que tenía el cadáver en el antebrazo, había ropa, telas, el cráneo era una calavera, totalmente sin piel. No es mi función determinar porque ocurrió eso. Solo digo lo que vi”.

La acusación refirió que en un momento de la investigación, la querella recibió de forma anónima, fotos de Franco Casco donde se observaba el cuerpo amarrado con sogas, considerando esto como una acción para “fondear el cuerpo en el río” y así ocultar el crimen. Sin embargo, Arévalo, quien estuvo a cargo de la pericia sobre el cuerpo en el momento del hallazgo, fue contundente al afirmar que “no recuerdo que haya tenido sogas”.

Finalmente, declaró la psicóloga asistente de víctimas de violencia institucional, Malena Derdoy quien manifestó que “las características de esta familia son de gran vulnerabilidad, no solo económica y social. Es una familia muy numerosa”.

La profesional señaló que “esta situación de desigualdad social de motivó que se tramitaran subsidios que se gestionaron en el ministerio de Desarrollo Social”.

Respecto a la versión de los hechos que dieron los familiares de Franco Casco al considerar que el joven fue víctima de violencia institucional, la profesional dijo que “nosotros hacemos el acompañamiento sin cuestionar la veracidad o no del relato”.