Durante la mañana de este viernes se desarrollaron en Tribunales los alegatos de cierre en el juicio por las muertes de Facundo Aguirre y Emiliano Cáceres, ocurridas en un accidente de tránsito, el 22 de febrero de 2014, al volver de una fiesta en Funes.

Facu, Emi y otros dos jóvenes viajaban en un automóvil conducido por Federico Gómez, quien estaba ebrio e impactó contra un camión estacionado. En el siniestro murieron Aguirre y Cáceres.

La audiencia fue presidia por el juez José Luis Suárez, quien escuchó a todos los expositores durante las cuatro horas en las que se explayaron las partes.

Se inició con la exposición de la parte acusadora a cargo del fiscal Walter Jurado, quien expuso sus argumentos centrados en la velocidad y el estado de ebriedad del acusado.

Para ello comenzó su alegato mencionando palabras de la defensa cuando expresó que “tres familias quedaron destrozadas como consecuencia de este hecho”, y el fiscal coincidió en ese punto aunque remarcó una importante diferencia. «Esto sucedió por la actitud caprichosamente irresponsable de Federico Gómez”, dijo el fiscal.

La fiscalía sostuvo que toda la prueba producida durante el juicio era «evidencia suficiente para demostrar la culpabilidad del acusado».

Las pruebas en las que se basó la parte acusadora son las imágenes de las cámaras de la Municipalidad donde se observa claramente el trayecto del auto. La fiscalía pone mayor énfasis en que las luces de frenado del auto estaban encendidas y asimismo el vehículo se desplazaba a una velocidad de 93 km/hora, según indicaron los peritos oficiales de planimetría y las pericias mecánicas del auto.

Otra prueba contundente producida en el debate fue aportada por los testigos, tanto los sobrevivientes como los que viajaban en el auto que iba detrás del siniestrado, que coincidieron en que antes de salir del predio donde se realizó la fiesta, observaron a Federico en estado de ebriedad.

Además, remarcaron el testimonio de Lucas Amato y Lucas Benvenutto, sobrevivientes del accidente que viajaban en el auto de Federico, quienes aseguraron que cuando observaron el reloj del auto marcaba una velocidad de 140 km/hora y que antes de ingresar al viaducto Che Guevara le pidieron que baje la velocidad, pero el conductor hizo caso omiso y continuó su marcha hasta que se topó con un camión que circulaba a baja velocidad y por esquivarlo impactó con el camión estacionado.

La Fiscalía basó así su argumento en la velocidad a la que se desplazaba el auto y en el estado de ebriedad de Federico, considerando que durante el debate existió prueba suficiente para demostrar la culpabilidad del imputado por la muerte de los Jóvenes Facu y Emi.

Por su parte, la fiscal Mariana Prunotto realizó la valoración de la prueba en base a los principios de igualdad, proporcionalidad y justicia, teniendo en cuenta que en este hecho hubo dos víctimas fatales y pidió que se aplique una condena acorde, sin excepcionalidades.

Remarcó que el acusado “tuvo la opción de elegir y decidir hacer lo correcto. Sin embargo decidió ir con su auto, beber alcohol y conducir a una velocidad desmedida. Pudo prever las consecuencias porque sus compañeros le pidieron que baje la velocidad”, afirmó Prunotto.

En consecuencia, la fiscalía pide una condena de cumplimiento efectivo de 4 años de prisión y 10 años de inhabilitación para conducir.

Luego, fue el turno de la querella, quien coincidió en el planteo de la parte acusadora. Además remarcó que existe prueba suficiente de la conducta temeraria del acusado que provocó el trágico desenlace con la muerte de dos jóvenes.

La querella, a cargo de Ignacio Carbone, se focalizó en varios aspectos entre los cuales mencionó «la desconsideración del acusado de su conducta temeraria y el desprecio por la vida de los demás, la muerte de dos jóvenes, la ausencia de arrepentimiento activo del acusado  y la conducta posterior al hecho y la adulteración de las pruebas por parte del acusado y su entorno».

Otro agravante que manifiesta la querella está planteada por la condición de los familiares del acusado, pertenecientes a la fuerza policial, y que son los únicos que tiene acceso a las muestras.

Carbone pidió una condena de 5 años de prisión efectiva y 10 años de inhabilitación por doble homicidio culposo.

Por su parte la defensa, a cargo de Jorge Bedouret, planteó un ataque constante de parte de la fiscalía y la querella para derribar su teoría.

Atacó a la fiscalía por su falta de objetividad y manifestó que no existen pruebas objetivas para probar la responsabilidad de su defendido en el trágico hecho.

Bedouret basó su defensa en la existencia de tres trampas mortales que se interpusieron en el camino de Federico Gómez la noche del siniestro y enumeró: como primer trampa el badén que existe al finalizar el viaducto Che Guevara, que provocó el descontrol del vehículo; en segundo término, la trampa de un camión de transporte de productos lácteos que circulaba a baja velocidad por el carril izquierdo y al tratar de esquivarlo impactó de lleno con la otra trampa mortal, que fue el camión estacionado sobre la margen derecha de la arteria.

La defensa consideró que por la escasa prueba objetiva producida durante el debate y pidió que se absuelva a su defendido por considerar que las “trampas mortales” que se interpusieron produjeron la interrupción del nexo causal.

Finalizada la exposición de las partes, el acusado pidió exponer su relato sobre lo sucedido, ya que manifestó que «desde que ocurrió el hecho se dijeron muchas cosas y nunca pude contar lo que pasó”.

Así, Federico Gómez se explayó durante unos cuarenta minutos en los cuales contó su versión de los hechos.

Luego de escuchar a las partes el juez Suarez indicó que la sentencia se conocerá el próximo miércoles en horario a confirmar.