El juez Carlos Leiva dictó prisión preventiva domiciliaria para los dos acusados de abuso y facilitamiento de la prostitución de tres nenas menores de 10, 12 y 17 años. Por el delito fueron imputados Estela G., de 37 años –madre de dos de las menores y tía de la restante– y César M., de 81 años.

La audiencia imputativa se realizó ayer luego de un allanamiento donde rescataron a tres menores y los mayores fueron detenidos por el presunto delito de facilitamiento de la prostitución. La mujer fue detenida en barrio Toba mientras que al hombre lograron apresarlo en barrio Alberdi.

El juez que presidió la audiencia imputativa, modificó la carátula de la causa de “abuso sexual agravado”  a “abuso sexual simple” debido a que consideró escasa la prueba presentada por la fiscal Carla Ceriani. Además solicitó un informe médico forense de las víctimas y que se realicen entrevistas en Cámara Gesell a las menores. Todo antes del 10 de noviembre fecha en que finaliza el plazo de la prisión domiciliaria para los acusados.

Estela G. había sido detenida luego de un allanamiento realizado en una humilde vivienda de Juan José Paso y las vías, acusada de facilitar una relación de intercambio sexual y económico entre sus dos hijas y una sobrina, con César M., albañil, casado, con domicilio en barrio Alberdi, quien también resultó detenido luego de una investigación que incluyó seguimientos, escuchas telefónicas y filmaciones.

Según la exposición de la fiscal en la audiencia, a partir de las escuchas y el informe de Gendarmería, César M. concertaba encuentros para tener relaciones sexuales con las menores, por intermedio de Estela G., a cambio de dinero y regalos.

El procedimiento era que el hombre se contactaba siempre a través del celular de Estela y solicitaba hablar con la mayor de sus hijas para concertar un encuentro. El acusado la pasaba a buscar por la esquina de su casa, en un auto gris y de allí solían dirigirse a un descampado cerca del Aeropuerto o a un albergue transitorio.

A través de las escuchas se pudo saber que el imputado habría solicitado en varias oportunidades un encuentro con la menor de las chicas, en conversaciones que incluían comentarios de índole sexual a los que la defensa calificó de “inadecuados”, pero no “delictivos”.

Por su parte, la imputada Estela G., negó la acusación de facilitamiento de prostitución y alegó que su hija mayor mantenía una “relación consentida” con el anciano. La adolescente, dijo, tiene una hija pequeña, y buscó ayuda en el hombre.

En tanto, el imputado Carlos M. se negó a declarar y amenazó con suicidarse: “Me doy con un fierro, me mato”, expresó.

Ante la acusación de la Fiscalía, la defensa argumentó que la evidencia presentada en las escuchas no se correspondía con el delito, ya que la joven no era obligada a mantener la relación, que se establecía sin intermediarios

Luego de escuchar a las partes, el juez Leiva determinó que la imputación fue admisible de acuerdo a las evidencias, pero compartió los argumentos de la defensa en cuanto que no había evidencia de “abuso agravado”, sino “abuso deshonesto”. Esto motivó el cambio de carátula por la de abuso sexual simple, por lo que dictó la prisión preventiva domiciliaria para ambos imputados, debido a la edad de Carlos M. y a las enfermedades (diabetes y Mal de Chagas) que padece Estela G., para quien solicitó el traslado a un nuevo domicilio, ya que la convivencia con sus hijas podría entorpecer la causa.