La Justicia otorgó un plazo de cinco días corridos como máximo a las familias que ocuparon el predio del club Defensores de Empalme para que desalojen el lugar antes del jueves próximo. La jueza de primera instancia Raquel Cosgaya informó que en caso incumplimiento de la medida actuará la fuerza pública. La resolución se tomó luego de dos horas de debate entre los integrantes de las familias y los funcionarios. Las 45 personas que ocupan el lugar, desde el 29 de enero pasado, pertenecen a distintas familias de la zona lindera al club que se encuentra en Olavarría entre La República y José Ingenieros, de las cuales ninguna está en situación de calle y reclaman que el Estado les entregue viviendas.

En la audiencia de “Cese de estado antijurídico”, en el marco de la investigación penal preparatoria por la ocupación del predio del club “Defensores de Empalme” participaron el fiscal del Ministerio Público de la Acusación Fernando Dalmau; el defensor del Servicio Público de la Defensa Penal, Mariano Buffarini; el coordinador general de la Subsecretaria de Prevención y Seguridad Ciudadana, Guillermo Turrin; el tesorero del club Defensores de Empalme, Pablo Marucco; el asesor jurídico de la Guardia Urbana Municipal, Anibal Porri, y los ocupantes del predio.

La jueza Penal de Primera Instancia, Raquel Cosgaya, estuvo a cargo del acto procesal. En virtud de la investigación llevada a cabo por el Dr. Dalmau, pudo constatarse la rotura de cercos perimetrales del predio ocupado por diferentes familias y que pertenece al Club “Defensores de Empalme”, Asociación Civil. Tal situación es tipificada en el Código Penal Argentino como “usurpación” en el artículo 181, inc. 1. Fueron identificados, por personal policial, 45 ocupantes. Cabe destacar que ninguno de ellos se encontraba en situación de calle, según indicaron desde el Ministerio Público de la Acusación.

En virtud de las constataciones realizadas, el Dr. Dalmau, solicitó el cese del estado antijurídico producido por la ocupación violenta y clandestina del predio perteneciente al Club “Defensores de Empalme”. La medida requerida se encuentra regulada en el art. 207 del Código Procesal Penal de Santa Fe (CPPSF).

En la audiencia oral la jueza Cosgaya escuchó a todas las partes presentes y tras aproximadamente 2 horas de debate, resolvió hacer lugar a lo peticionado por la Fiscalía y ordenó a los ocupantes que desalojaran el predio en cuestión, otorgándoles para ello- y como plazo máximo- 5 días corridos a los fines de poner en inmediata posesión del inmueble a las autoridades del Club “Defensores de Empalme”.

En caso de incumplimiento de la orden judicial, el desalojo sería llevado a cabo por la fuerza pública. El acta de audiencia fue firmada por todos los que concurrieron, y quedaron así, fehacientemente notificados de la resolución judicial. De este modo, a través de una cautelar innovativa (como se conoce en la Doctrina Penal a la medida del art. 207 del CPPSF), pudo lograrse en tan sólo 15 días que se restituyera un predio y que cesara la comisión del delito de usurpación.