Así lo resolvió la jueza de Rufino, Lorena Garini, en el marco de un juicio abreviado por un robo calificado ocurrido en Amenábar. Además, si el hombre concurre a ésa localidad a visitar familiares, deberá informarlo a la policía y no podrá hacerlo por más de tres días al mes. El fiscal que investigó el caso fue Mauricio Clavero.

Un hombre de 43 años identificado como Carlos Alberto F., fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional por el delito de robo calificado por fractura de puerta cometido la noche del sábado 11 de julio en la localidad de Amenábar (departamento General López). La decisión fue confirmada por la jueza Lorena Garini el viernes pasado en un juicio abreviado en Rufino, en el marco del cual la Fiscalía y la Defensa acordaron la pena.

Lo novedoso de la resolución de la magistrada es que, a raíz del pedido del fiscal del Ministerio Público de la Acusación, Mauricio Clavero, la jueza estableció reglas de conducta entre las que se destacan que el condenado tiene prohibido durante los tres años que dura su condena condicional, residir en las localidades de Amenábar y Sancti Spíritu. Además, en caso de visitar a su madre o a su hermano –que viven en Amenábar–, no lo podrá hacer por más de tres días al mes, y deberá informar a la policía el tiempo de su estadía, el lugar en el que permanecerá y concurrir a la subcomisaría de la localidad cada seis horas.

«En comunidades tan pequeñas y en las que no ocurren delitos de manera frecuente, la prohibición al condenado de vivir en el lugar, es valorado por los vecinos», señaló Clavero. «Ellos mismos me manifestaron que si una persona relacionada al delito se tiene que ir por un tiempo, se sienten más seguros y recuperan la tranquilidad luego de la conmoción que genera cualquier hecho delictivo en lugares tan chicos», sostuvo Clavero.

Por otra parte, el fiscal solicitó –y la jueza aceptó– otras reglas de conducta de rutina para el condenado: prohibición de acercamiento y contacto con la víctima y con su vivienda; fijación de domicilio en otro lugar; sometimiento al patronato de la dirección Post Penintenciaria; donación de dos latas de alimento por mes por un año al hospital local de Amenábar; adopción de oficio, arte, industria o profesión; abstención del uso de estupefacientes o bebidas alcohólicas. Por otra parte, se lo obligó a comprar una notebook y dársela a la víctima, y entregar una memoria de 32 GB para el Ministerio Público de la Acusación.

«El robo cometido por el condenado ocurrió entre las 21.30 del sábado 11 de julio y las 7 de la mañana del domingo 12 en una vivienda ubicada en calle Castelli 225 de Amenábar», detalló Clavero. Y concluyó: «El condenado se llevó dinero en efectivo; dos notebook; una tablet; un celular; una cámara digital de fotos; y un GPS; joyas, alhajas y un reloj, gran parte de lo cual fue restituido a la víctima, además de la notebook nueva que ya se le entregó».

Foto: Florencia Vizzi