Un hombre de fue condenado a la pena de un año de prisión condicional  y reglas de conducta por el delito de tenencia y publicación de imágenes con contenido pornográfico infantil. El juicio en el que se abreviaron los procedimientos se realizó este miércoles en los Tribunales provinciales.

La Jueza de Primera Instancia Patricia Bilotta resolvió homologar el procedimiento abreviado presentado por la Fiscalía y aceptado por la defensa, condenando a Matías Ezequiel Pisaroni a la pena de un año prisión condicional y reglas de conductas por ser autor penalmente responsable del delito de tenencia y publicación de imágenes con contenido pornográfico infantil en calidad de autor en concurso real.

La fiscal Alejandra Raigal de la Unidad de Delitos Sexuales le imputó a Pisaroni los hechos ocurridos en el año 2016 donde desde la vivienda ubicada en Buenos Aires al 1300 de la localidad de Granadero Baigorria, el imputado se hacía pasar, a través de la red social Facebook, por una nena de 13 años aproximadamente para contactarse con menores de edad y obtener imágenes de las mismas con contenido de índole sexual para después divulgarlas en otras redes sociales.

La defensa del imputado estuvo a cargo del letrado Miguel Sapera.

Es importante destacar que el ciberacoso sexual o grooming es un delito que se realiza a través de internet, donde un acosador adulto contacta a menores de edad con fines de atentar contra la integridad sexual. El grooming está penado con prisión de seis meses a cuatro años. Contemplando que el contacto entre víctima y agresor se realice por medio de una comunicación electrónica, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de trasmisión de datos.