La Justicia impugnó los amparos contra la ley de Descanso Dominical promovidos por la cadena de Supermercados Coto.

Las acciones con pedidos cautelares de suspensión de los efectos de dicha ley, promulgada en diciembre por el gobernador de Santa Fe, Antonio Bonfatti, fueron promovidas por trabajadores de Coto, quienes pese a la intervención del Ministerio de Trabajo, que había dictado la conciliación obligatoria, invocaron peligro por su fuente de trabajo, argumentando posibles consecuencias adversas por la aplicación de dicha ley.

La Cámara de Feria, integrada por los jueces Oscar Puccinelli, Otto Crippa García y Roxana Mambelli, confirmó los rechazos “in límine” que produjeron los juzgados de Fabián Vega (fuero laboral) y Fabián Bellizia (fuero civil).

Por su parte, la Asociación Empleados de Comercio (AEC) de Rosario sostiene que los hechos invocados son falsos por cuanto la empresa, a instancia de la conciliación promovida por el gremio, no ejecutó la suspensión a los trabajadores ni formalizó despidos vinculados a tal causa.

Además, AEC destacó que el juez Bellizia, en la resolución de rechazo del primer amparo, señala que la vía ensayada no era procedente por la actuación en curso del Ministerio de Trabajo y que en definitiva no existía materia para un amparo, sino que subyacía un conflicto entre empleador y trabajador.

Finalmente, Empleados de Comercio, que solicitó la participación en los amparos, destacó que las resoluciones judiciales ponen un freno al intento de tergiversar la voluntad legislativa expresada en la Ley 13.441 de Descanso Dominical.