Este viernes, la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario confirmó el procesamiento de Ariel Máximo Cantero por un secuestro extorsivo, ocurrido el 9 de septiembre de 2017,  por el cual se le había dictado el sobreseimiento en el mes de octubre. En tanto, sostuvo el sobreseimiento de Nahuel F. , quien también había sido señalado como cómplice del delito.

El hecho por el cual se lo acusa ocurrió en la zona de Boulevard Seguí y Espinillo, alrededor de las 19.30. Allí, el hijo de un carnicero fue interceptado y, a punta de pistola, obligado a subir a un vehículo en el cual  le taparon los ojos y lo trasladaron a un galpón. Pero el episodio tuvo un giro inesperado: al llegar al lugar los ejecutores del secuestro advirtieron que se habían equivocado de víctima. Fue entonces cuando uno de los captores llamó a «Guille», que estaba preso en Coronda y le preguntó que hacer. Esa conversación, al igual que otras, quedó grabada y en la misma se escucha como uno de los captores, luego identificado como Ezequiel David «Parásito» Fernández le dice a Cantero: «Nos confundimos feo».

Si bien Cantero estaba en Coronda los investigadores establecieron que fue él quien planificó y dirigió el secuestro en cuestión, y quien también decidió la liberación de la víctima equivocada.

Sin embargo, el 11 de enero pasado, la Cámara Federal de Rosario revocó ese procesamiento y lo dejó sin efecto por considerar que la Justicia Federal era incompetente para intervenir en esta causa y que debía ser investigada por la Justicia provincial.

Judicialmente, los casos de secuestro extorsivo separan la competencia de acuerdo a si se trata de un hecho aislado, le compete a la Justicia provincial, o cuando la que actúa es una organización, la competencia es federal.  El argumento de la defensa fue que este secuestro en particular donde está acusado Cantero como organizador afectó solamente intereses particulares.

Pero, este jueves, la Cámara volvió sobre sus pasos y confirmó la resolución del 9 de octubre de 2017 en «cuanto dispuso el procesamiento
con prisión preventiva de Ariel Máximo Cantero como presunto autor del delito previsto en el artículo 170 y el agravante previsto en su inciso 6°. II».