La Cámara Federal porteña confirmó hoy el procesamiento a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner a raíz del hallazgo de dos documentos históricos, vinculados a José de San Martín y al ex presidente Hipólito Yrigoyen, respectivamente, en su casa de la localidad santacruceña de El Calafate, durante un allanamiento.

El tribunal de apelaciones, sin embargo, modificó la calificación del delito que había dispuesto el juez federal Claudio Bonadio al entender que no se trató de un caso de «encubrimiento» sino de «incumplimiento de deberes de funcionario público».

Los documentos hallados en la casa de la senadora y ex mandataria son una carta de José de San Martín a su amigo y par Bernardo O’Higgins, escrita en París durante su exilio, fechada el 26 de diciembre de 1835; y un prontuario de Hipólito Yrigoyen, con sus actividades desde el año 1906 al 1910.
Para los camaristas Martín Iruruzun y Leopoldo Bruglia, la ex presidenta habría cometido el delito de «incumplimiento de deberes de funcionario público» por no haber informado su tenencia al Archivo General de la Nación.

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El juez Bonadio había procesado a la ex presidenta como autora del delito de «encubrimiento» porque entendía que se trataba de documentos históricos que habrían sido robados y que la ex jefa de Estado conservó en su poder sin denunciar que habían llegado a sus manos elementos de procedencia ilícita.

La defensa de Cristina Kirchner explicó ante la justicia que ambos documentos le habían sido obsequiados y que no pensaba que fueran robados: dijo, por ejemplo, que la carta de San Martín se la regaló el presidente de la Federación de Rusia Vladimir Putin.

«Se encuentra suficientemente acreditado que tanto la importancia como el valor histórico de las piezas bajo examen eran circunstancias ciertamente conocidas por la imputada: basta para ello con reparar en la trascendencia que le asignó a los obsequios recibidos», sostuvieron los jueces Bruglia e Irurzun.

«No caben dudas en cuanto a que los documentos históricos examinados, por su naturaleza, forman parte de la historia y, como tales, son considerados por la ley como patrimonio cultural de la sociedad y no deben ser atesorados en secreto para el usufructo personal», remarcaron los jueces.

«Tras su recepción, era no sólo esperable sino también ineludible que Fernández de Kirchner informara al Archivo General de la Nación su tenencia, pues ello era una obligación expresa de la ley cuyo desconocimiento no puede alegar con éxito ni ampararse en una interpretación forzada de sus previsiones atento a la claridad normativa sobre el punto», remarcaron.

Bruglia e Irurzun confirmaron, además, el embargo de cien mil pesos que le había trabado Bonadio a la ex presidenta, cuando la procesó por la tenencia de los documentos hallados durante un allanamiento que responde a la causa de los cuadernos.

Con la decisión adoptada por los camaristas, la causa queda al borde de ser elevada a juicio oral, por lo que podría convertirse en la sexta causa en la que está involucrada la ex mandataria en pasar a la instancia de debate oral y público.