Un policía de 41 años y otro de 31, identificados como Rodrigo Leiva y Ariel Ezequiel Ocampo, fueron condenados por la coautoría de los delitos de privación ilegítima de la libertad y apremios ilegales. Los delitos fueron cometidos el año pasado en la sede de la Seccional Octava en la ciudad de Santa Fe.

A los dos integrantes de la fuerza de seguridad provincial se les impusieron penas a tres años de prisión de cumplimiento efectivo. Además, se los inhabilitó para desempeñar cargos públicos y tener o portar armas de cualquier tipo por el doble de tiempo de la condena.

La sentencia fue dispuesta por la jueza Susana Luna en el marco de juicios en los que se abreviaron los procedimientos que se desarrollaron en los tribunales de la capital provincial. Los fiscales Ezequiel Hernández y Mariela Jiménez investigaron lo ocurrido y representaron al MPA.

“Leiva y Ocampo asumieron su responsabilidad penal por los ilícitos que les endilgamos, tal como ya lo había hecho Sergio Ariel Guzmán, otro policía de la misma dependencia que fue condenado como coautor”, indicaron los fiscales.

Violencia

Los funcionarios del MPA señalaron que “los condenados llevaron a cabo su accionar delictivo el jueves 28 de enero del año pasado a partir de las 13:00”, y aseguraron que “actuaron de forma coordinada y según un plan previo”.

Sostuvieron que “Leiva y Guzmán ingresaron sin autorización legal a una vivienda ubicada en Regimiento 12 de Infantería al 1.500 y aprehendieron ilegítimamente a tres hombres que estaban allí”. Según añadieron, “luego se dirigieron dos cuadras hacia el oeste y realizaron un procedimiento similar en un domicilio en el que reside otro hombre al que privaron de su libertad sin ninguna orden oficial”.

Hernández y Jiménez expusieron que “los uniformados trasladaron a las víctimas hasta la sede de la Seccional Octava, localizada sobre la avenida General Paz al 7.300”. En tal sentido, plantearon que “allí, junto con Ocampo, ejercieron violencia en contra de las cuatro personas retenidas mientras les exigían información acerca de la supuesta sustracción de una computadora portátil”.

Por otro lado, los fiscales dijeron que “Leiva insertó declaraciones falsas en actas de procedimiento y en el Libro de Guardia de la dependencia policial”. Al respecto, subrayaron que “el policía documentó hechos inexistentes para darle apariencia de legalidad a la conducta ilícita”.

Delitos

Hernández y Jiménez se refirieron a que “tanto Leiva como Ocampo fueron condenados como coautores de los delitos de apremios ilegales agravados (por haber sido cometidos mediante amenazas); de apremios ilegales simples y de privación ilegítima de la libertad”.

Además, detallaron que “a Leiva se le atribuyó la coautoría de allanamiento ilegal; encubrimiento calificado (por haber sido perpetrado por un funcionario público) y falsedad ideológica en instrumento público calificada (por haber sido cometida por un funcionario público con abuso de sus funciones)”.

Los fiscales mencionaron que “los abogados defensores de los dos policías aceptaron la atribución delictiva que realizamos, las penas impuestas y la abreviación de los procedimientos judiciales”. A su vez, concluyeron que “las víctimas fueron notificadas de lo resuelto y brindaron su conformidad”.