Por Alejandra Ojeda Garnero

Nuevas pruebas, el mismo pedido. Los abogados defensores del excomisario Diego Álvarez, acusado de desaparición forzada seguida de muerte y torturas en perjuicio de Franco Casco, solicitaron la habilitación de la feria judicial para pedir que se evalúe la libertad de su defendido. El pedido se funda en la revelación de nuevas pruebas, precisamente cuatro videos que muestran al joven de Florencio Varela caminando por la zona de la cancha de Rosario Central en la madrugada del 8 de octubre de 2014, que según sostienen «fueron ocultados a las defensas por la Fiscalía Federal», durante los siete años de investigación. La respuesta de la justicia federal fue positiva, dando curso al trámite e informado a la querella sobre la resolución, es decir que habilitó la feria judicial para evaluar el tema.

Franco Casco llegó a Rosario a fines de septiembre de 2014 a la casa de unos familiares en Empalme Graneros, pero el 6 de octubre abandonó la vivienda y no se supo más sobre su paradero hasta que su cuerpo apareció 24 días después flotando en las aguas del río Paraná. Más tarde se pudo saber que había estado detenido en la comisaría séptima el 7 de octubre y fue liberado el mismo día alrededor de las 22. ¿Qué pasó con Franco Casco? ¿Qué responsabilidad tienen los policías de la comisaría séptima? ¿Qué pruebas sostienen la acusación?, son interrogantes que encontrarán respuesta en el juicio que comenzó el pasado 6 de diciembre y se retomará el próximo 8 de febrero.

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Luego de la última audiencia del juicio que comenzó en diciembre pasado, la defensa del excomisario Álvarez tuvo acceso a cuatro nuevos videos que muestran a Franco Casco caminando por la zona de la cancha de Rosario Central en la madrugada del 8 de octubre del 2014. Esta nueva prueba echa por tierra la teoría acusatoria que asegura que el joven fue detenido en la noche del 6 de octubre, torturado y arrojado al río. Cabe señalar que dichos videos fueron solicitados por las defensas a lo largo de la instrucción, pero lograron acceder a los mismos «gracias a la gran labor y predisposición del Tribunal Oral Nº 2», que preside el debate.

En tanto, la querella sostiene que «se podría decir mucho respecto a los viejos nuevos videos que muestran a una persona que no se pudo identificar» y que «los videos son parte del material probatorio presente desde el comienzo de la causa y al que todas las partes han tenido acceso oportunamente. ¿Acaso los acusadores conocían estos videos desde un principio y los acusados no? Dichos videos constan en el expediente con las referencias 9, 10, 11 y 12, y fueron proporcionados a las defensas de los policías acusados, el mismo 28 de diciembre al finalizar la tercera audiencia de juicio.

En el escrito presentado, los defensores plantean que ante la aparición de nuevas pruebas, a las cuales no había tenido acceso a pesar de los reiterados pedidos a lo largo de los siete años de investigación, solicitan «la habilitación de feria a fin de que se disponga la inmediata libertad de nuestro asistido, sujeta a las condiciones que el Tribunal determine, hasta la finalización del debate». En la misma situación se encuentran los otros 18 policías acusados.

Por otra parte, los defensores aseguraron que Álvarez siempre estuvo a derecho y en todo momento colaboró con la investigación, desestimando de esta manera los argumentos de las excesivas prórrogas de la prisión preventiva, que cumple de forma efectiva en el penal federal de Marcos Paz, por entorpecimiento probatorio por su pertenencia a la estructura policial.

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El pedido apunta: «En fecha 28/12/21, y gracias a la excelente predisposición del Tribunal Oral Nº 2, hemos tomado conocimiento de la existencia de decisivos videos donde se lo ve al joven Franco Casco deambulando por la ciudad de Rosario en fecha 08/10/14 en horas de la madrugada (03:39, punto de monitoreo 115 Génova y Avellaneda)». «Nos referimos a las vistas fílmicas nº 9, 10, 11 y 12 provenientes de las cámaras de seguridad de la Municipalidad de Rosario, los cuales permanecieron ocultos desde el año 2014 a la fecha, a pesar de ser requeridos en innumerables oportunidades por todas las defensas ante la Fiscalía Federal», explicaron.

En consecuencia, consideran que «dichos videos desacreditan completamente la versión acusadora, cuyo eje es que el joven Casco habría muerto la madrugada del 6 al 7 de octubre de 2014 (esto es unas 28 horas antes de ser captado por las cámaras)».

Por otra parte, dicen: «No es dato menor, que en las filmaciones se visualiza a Franco Casco con las mismas prendas que vestía al momento de ser retratado en la comisaria séptima el 7 de octubre de 2014, esto es: a) Pantalón vaquero celeste con las mismas roturas en la pierna izquierda (altura rodilla). b) Camiseta mangas largas azul con rayas celestes horizontales, cuello holgado. c) Zapatillas negras. d) Pecho blanco y cuello tostado por el sol. e) Altura, rasgos físicos y faciales concomitantes», y agregan que «todas estas particularidades se visualizan en la foto prontuarial y también fueron detalles que describió su tía María Casco al momento de realizar denuncia por paradero el 9 de octubre de 2014».

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Frente al argumento de la justicia federal en relación a las reiteradas prórrogas de la prisión preventiva de los acusados, la defensa manifestó que «el debate se está desarrollando presencialmente con la mayor parte de los imputados en libertad, por lo que el argumento de un posible “entorpecimiento probatorio” entendemos que ya ha perdido toda actualidad y sentido», y en ese sentido aclaran que «en ese marco de hechos, es necesario remarcar que Álvarez tiene arraigo en Rosario, donde habitan sus padres hace 80 años», además «tiene trabajo estable e hijos a cargo y no tiene antecedentes penales, ni administrativos en su extensa carrera policial».

Del mismo modo aseguran que, tanto el excomisario Álvarez como el resto de los acusados siempre estuvieron a derecho, ya que «al momento de ser requerido por la autoridad y no encontrarse en su domicilio, se presentó voluntariamente ante la sede de Gendarmería, siendo que hasta ese momento continuó trabajando y llevando su vida normalmente. Además, siempre colaboró con la investigación del hecho de una manera activa en los siete años que lleva la misma, siendo que al ser indagado prestó declaración y contestó todas las preguntas formuladas por la querella, e idéntica posición asumió en el juicio oral, todo lo cual revela su voluntad de someterse al proceso».

Además, los abogados aseguran que «en el Habeas Corpus oportunamente interpuesto en favor de Franco Casco el 30 de octubre de 2014, nuestro defendido prestó declaración testimonial ante la judicatura competente. Cabe destacar que su declaración coincide sustancialmente con la que prestó ante el Tribunal Oral», es decir que «Álvarez siempre estuvo a disposición de la justicia. Jamás salió del país desde que comenzó la presente investigación, no contando siquiera con pasaporte».

Finalmente, el escrito menciona un hecho histórico y sin precedentes en Argentina, en el cual «la CIDH actualmente sigue este proceso de cerca, habiendo corrido traslado al Estado Argentino el pasado 26 junio de 2020 bajo la caratula “Victima: Diego Álvarez contra el Estado Argentino”.

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El ex comisario Diego Álvarez denunció al Estado argentino ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por violación de los derechos y garantías del debido proceso legal contemplados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos; derecho a la integridad personal (artículo 5.4); derecho de libertad personal (art. 7 incisos 1, 3 y 5); derecho a ser oído (artículo 8.1); derecho a la presunción de inocencia (artículo 8.2); derecho a protección de la honra y a la dignidad (artículo 11.2) igualdad ante la ley (artículo 24) y protección judicial (artículo 25).

En un hecho inédito, en 14 meses la Cidh dio trámite al pedido y solicitó al Estado argentino a través de la Cancillería una respuesta sobre el caso en el término de no más de cuatro meses.

La presentación de Álvarez consta de 38 páginas en la que describe entre otras violaciones a sus derechos, la violación al derecho de presunción de inocencia y la excesiva prisión preventiva que lleva más de tres años.

En este sentido alegó que desde un primer momento se los presentó, tanto a él como al resto de los policías procesados como «asesinos, torturadores y desaparecedores», y consideró que «si una de las formas de violar el principio de inocencia que se ha reconocido internacionalmente es presentar a un individuo públicamente como culpable, con el objeto de evitar que ello pueda suceder, es porque con ello se procura impedir no sólo los castigos anticipados sino, fundamentalmente, que un individuo deje de ser visto por sus jueces como inocente y sea no sólo tratado sino, más grave aún, asumido como culpable por quienes deben dictar sentencia en el caso…».

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Ante esta situación la Comisión instó al estado argentino a «presentar una respuesta a la petición en el plazo de 3 meses», luego de ello se realizará un informe que puede devenir en el paso del caso a la Cidh quien tiene competencia para juzgar al estado argentino por la violación de todos los derechos alegados en la denuncia, y en su caso condenarlo por el incumplimiento de estos, los cuales a prima facie están acreditados.

En ese sentido, la defensa prepara una ampliación de denuncia con los hechos nuevos, «los cuales llegaran al conocimiento de esa Comisión, y de no ser revisados en profundidad ponen en serio riesgo el compromiso internacional asumido por nuestro país en orden a los Tratados de Derechos Humanos Internacionales».

Denuncia a los fiscales

Ante la aparición de los nuevos videos de la Municipalidad de Rosario, que muestran distintas secuencias de Franco Casco deambulando por la zona norte, prubas proporcionadas por el propio Tribunal a los defensores, el 28 de diciembre pasado, los abogados evalúan un pedido para que se investigue que sucedió con dichos videos,  que permanecieron ocultos durante siete años, al menos para las defensas, aunque los habían solicitado en reiteradas oportunidades. En tal sentido, se está evaluando una presentación en la Procuración Nacional para que se investigue la el proceso de instrucción del caso.

Si se llegara a comprobar que el ocultamiento de los videos a las defensas fue deliberado, los cargos irían desde incumplimiento de los deberes del funcionario público, prevaricato y la afectación de la correcta administración de justicia.