El Tribunal Oral Federal de Jujuy declaró este miércoles «inimputable» al empresario Carlos Pedro Tadeo Blaquier y lo apartó por segunda vez del juicio oral y público por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última.

El tribunal adoptó esa decisión después de que el lunes de la semana pasada los peritos que lo habían evaluado en diciembre de 2021 ratificaran su postura respecto de la incapacidad de Blaquier para afrontar un juicio en su contra.

«La capacidad que debe ser predicada para afrontar en calidad de acusado un juicio oral debe ser la que supere un estándar mínimo que permita asegurar que la persona puede intervenir como sujeto de derecho en su propia defensa ya sea complementando las intervenciones técnicas de su abogado defensor, realizándole al mismo indicaciones y pudiendo inclusive formular razonamientos y peticiones directas a los jueces», sostuvo el fallo.

Para afrontar un juicio, señaló el informe escrito -de 52 páginas- un imputado debe tener su «memoria anterógrada y retrógrada conservada, capacidad de atención, ideación, raciocinio y expresión al punto de poder tener presente las distintas secuencias del juicio, sus contenidos, y la posibilidad de acudir a ellos como herramientas para ejercitar derechos durante él».

Los jueces María Alejandra Cataldi, Abel Fleming Figueroa y Mariana Catalano resolvieron «suspender la tramitación de la presente causa respecto al imputado Carlos Pedro Tadeo Blaquier por incapacidad mental sobreviniente».

No obstante, decidieron continuar el proceso en relación con el otro imputado, Alberto Lemos, por los delitos relacionados con la «noche del apagón» y la Causa Aredez, los dos episodios represivos por los que estaba acusado Blaquier.

«La Noche del Apagón» fue un operativo represivo en el que fueron detenidos ilegalmente unos 400 trabajadores y el secuestro del ex intendente de Libertador General San Martín, Ramón Aredez, y de otras personas completaban el cuadro acusatorio.

En diciembre del año pasado, una evaluación concluyó que Blaquier padece «una afección compatible con deterioro cognitivo, en fase al menos moderada» que «dificulta su desempeño y le resta la autonomía psíquica suficiente como para estar en juicio y/o como para instruir debidamente a su defensa».

Pero los peritos Claudio Capuano y Luis Ohman, de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) -que depende del Ministerio Público Fiscal- discreparon y consideraron que «el diagnóstico clínico de Blaquier es el de simulación».

El tribunal oral volvió a apartar este miércoles a Blaquier de la posibilidad de ser sometido a juicio. La medida es nuevamente apelable ante el propio tribunal y ante la Cámara Federal de Casación.