Fuerte revés para una familia de Sastre. Es que en plena época de aspersiones y en feria judicial, una jueza de turno no tuvo mejor idea que suspender la cautelar que alejaba las fumigaciones de la vecina ciudad santafesina.

Los padres de una niña en tratamiento oncológico, junto a un grupo de vecinos, habían realizado un juicio de amparo ambiental contra el municipio para declarar la inconstitucionalidad de la norma que regula la aplicación de agroquímicos y busca fijar una zona de exclusión de mil metros para fumigaciones terrestres y 1.500 para aéreas. Y todos quisieron intervenir.

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Tanto los empresarios agropecuarios como el municipio tomaron participación. Los primeros, solicitaron ingresar en la causa como terceros interesados a pesar de que el amparo no fue interpuesto contra ellos. En tanto, el municipio contrató a un asesor externo para apelar el pedido de los vecinos afectados por las fumigaciones que en todo 2018 solicitaron la readecuación de la norma local, sin obtener respuestas positivas de las autoridades.

Es así que, a través de su patrocinador Iván Cullen, los empresarios apelaron la decisión de Daniel Zoso y hallaron eco en la jueza de turno, Beatriz Forno de Piedrabuena, quien dictaminó «la suspensión de la medida cautelar dictada oficiándose a sus efectos a la Municipalidad de Sastre y Ortiz y a la policía de esa jurisdicción». Así ahora en Sastre vuelve a estar vigente la norma que dispone sólo 100 metros de exclusión entre las fumigaciones y la zona urbana.

La cautelar

En diciembre último, el juez de primera instancia de distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 11 de San Jorge, Daniel Zoso, dictó una medida cautelar en la que determinó el alejamiento de la aspersión terrestre de todo tipo de agroquímicos a 400 metros de la planta urbana de Sastre.

La disposición judicial fue aplicada en el marco de un recurso de amparo presentado el 29 de noviembre de 2018 por la defensora oficial, Mariela Lirusso, tras un reclamo de la familia de Zoe Giraudo, la niña de dos años con tratamiento oncológico que desde mediados de noviembre vive en una casa expuesta a fumigaciones.

La actuación preventiva dispuso además una zona de exclusión de 1.000 metros para aplicaciones aéreas en el tiempo en que tramite el juicio ambiental contra el municipio, que incluye a otros 40 vecinos como demandantes. El objeto del reclamo, encarado por agentes judiciales del Ministerio Público de la Defensa en representación de todos los menores de la ciudad, promueve una acción de amparo ambiental para declarar la inconstitucionalidad del artículo 9 de la norma que regula el uso de agroquímicos en el distrito y que fija una franja de 100 metros libres a partir del fin de la planta urbana.

La demanda expone que «la exigua distancia dispuesta por ordenanza para realizar las fumigaciones; su realización sin control a una distancia mucho menor a la reglamentada, aun en inmediaciones a centros de recreación, deportivos o de salud en franca prohibición a lo dispuesto en las reglamentaciones de la ley provincial vigente, provocó la movilización de los vecinos de la ciudad, quienes reclaman por los detrimentos al ambiente como bien jurídico, y por el incremento significativo de enfermedades y daños a la salud de la población».