Desde la Agencia Provincial de Seguridad Vial informaron que se prorrogan por el término de seis meses los vencimientos de las licencias de conducir y la misma se aplica a partir de la fecha de vencimiento de cada canet.  Vale decir que las licencias cuyos vencimientos hayan operado entre el 15 de febrero y el 31 de julio próximo pasados, a partir de la fecha de vencimiento correspondiente.

A su vez, los organismos que expiden las licencias de conducir, de la provincia de Santa Fe, ya comenzaron a articular los protocolos para la atención al público, salvo que pertenezcan a zonas en riesgo de contagio, aunque el resto opera con estrictas medidas sanitarias.

A través de un decreto,  la Agencia Provincial de Seguridad Vial como autoridad de aplicación de la Ley Provincial N° 13.133 y en el marco de la emergencia citada y de la situación epidemiológica actual, consideró oportuno adherir a las disposiciones nacionales en relación a las prórrogas de los vencimientos de la Licencia de Conducir y la suspensión de la atención al público en los Centros de Emisión de Licencia de Conducir habilitados en la provincia, a través de las Disposiciones N° 0004/20 del día 17 e marzo, N° 0006 del 3 de abril, N° 0008 del 13 de abril; N° 0009 del día 27 de abril; N° 0010 del 12 de mayo y N° 0011 del 19 de mayo próximo pasado.

En este contexto, sin perjuicio de la vigencia de las prórrogas establecidas en relación a los vencimientos de las Licencias de Conducir, se dispuso la posibilidad de que los Centros de Emisión de Licencia de conducir habilitados en la Provincia reinicien sus actividades, bajo su exclusiva responsabilidad y con el compromiso de garantizar el cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de los protocolos y de las normas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria y de sus normas complementarias, tendientes a la disminución del riesgo de contagio COVID-19, limitándose las actividades sólo a los casos de renovación y al otorgamiento de duplicados, dado que los mismos no requieren de la realización de capacitación ni de exámenes teóricos ni prácticos.

En ese sentido, la Agencia Provincial de Seguridad Vial resolvió prorrogar por 180 (ciento ochenta) días corridos, contados a partir de la fecha de vencimiento, la vigencia de las Licencia de Conducir emitidas en los Centros de Emisión de Licencia de Conducir de la Provincia de Santa Fe, cuyos vencimientos hayan operado entre el 15 de febrero y el 31 de julio próximos pasados.

Por otra parte, también resolvió habilitar a los Centros de Emisión de Licencia de Conducir habilitados en la Provincia de Santa Fe, para la realización de todos los trámites – alta, renovación, duplicados, etc.-, incluyendo a aquellos en los que se deba realizar capacitación, exámenes teóricos y prácticos, con el compromiso de garantizar las medidas de seguridad e higiene, de los protocolos y de las normas dispuestas en el
marco de la emergencia sanitaria y de sus normas complementarias, tendientes a la disminución del riesgo de contagio COVID-19.

Se establecieron las siguientes medidas:

– Capacitaciones: se deberán realizar las mismas con la capacidad del lugar al 30% , garantizando el debido distanciamiento, la ventilación e higiene del lugar, y con la obligación de permanecer todos los participantes con tapabocas, mientras dure la capacitación. En el supuesto de contar el CELC con la posibilidad de dictar las capacitaciones de manera virtual, podrá implementarlas previa autorización de la Agencia Provincial de Seguridad Vial.

– Examen teórico: se deberá realizar con la capacidad del lugar al 30%, garantizando el debido distanciamiento, la ventilación e higiene del lugar, y con la obligación de permanecer todos los participantes con tapabocas, mientras dure el examen.

– Examen práctico: se sugiere que el examinador se ubique en el asiento trasero del vehículo, con ventanillas bajas. Además, tanto el aspirante como el examinador deberán permanecer con tapabocas durante el examen.