Se aprobó en el Concejo la modificación propuesta por el Departamento Ejecutivo Municipal de Rosario de la Ordenanza Nº 8865 que regulaba el estacionamiento en ambas manos de algunas calles de la ciudad y a partir de un horario determinado. Así, las calles que superen los 8 metros y por la que circulen no más de dos lineas de colectivos  que estén comprendidas entre las avenidas Avda. Francia, 27 de Febrero y la costa del río Paraná, estarán habilitadas para poder hacerlo entre las 21 y las 6.

La modificación introducida se funda «en el constante crecimiento del parque automotor de la ciudad» que ocasiona una «mayor demanda de estacionamiento». Entre las consideraciones vertidas por el mensaje del ejecutivo se rescata que «existen en la ciudad algunos tramos de calles » que reúnen estos requisitos y visto que el resultado de un «permanente estudio sobre la fluidez del tránsito vehicular y por las características de la zona» lo permite podrán estas quedar afectadas en el nuevo régimen.

Reza el texto aprobado que se otorga «al Departamento Ejecutivo, la libertad para evaluar en que arterias y en que horarios puede implementarse el régimen de estacionamiento autorizado por la misma, sin alterar el normal flujo de vehículos y aliviando por otra parte la demanda de estacionamiento, tanto en el sector previsto por la misma como en otras arterias de la ciudad. Tal sería el caso del nuevo sector propuesto: Av. Ov. Lagos entre Av, Del Valle y Av. Pellegrini, Av. Rivadavia entre Pueyrredon y Bv. Oroño y ciertas calles comprendidas entre las arterias Bv. Oroño-Salta y Av. Illia».

De esta manera, el artículo 1 de la Ordenanza modificada quedará redactado asi: «Queda permitido en el sector comprendido entre Av. Francia ,27 de Febrero y el río, el estacionamiento de vehículos , paralelo al cordón , sobre la derecha y la izquierda de la calzada, para calles de ancho mayor de 8 metros, por las cuales no circulen más de dos líneas de Transporte Urbano, con excepción de aquellos sectores donde aún no existiendo estas condiciones, el Departamento Ejecutivo considere aplicable el estacionamiento a ambas márgenes sin entorpecer el tránsito vehicular, en los días y horarios establecidos en la presente.”  

Durante los días lunes a viernes hasta las 6 y a partir de las 21.

Los días sábados y medio feriado hasta las 8 y a partir de las 14.

Los días domingos y feriados durante toda la jornada