VIERNES, 29 DE NOV

Acuerdo entre el sector inmobiliario y el municipio para brindar mayor transparencia a los inquilinos

La Municipalidad de Rosario y el Colegio de Corredores (Cocir) establecieron pautas de referencia para el desarrollo de los contratos de locación destinados a vivienda urbana, para transparentar normativas y prevenir conflictos.

 

Dentro de las iniciativas de asistencia integral a inquilinos que viene desarrollando la Municipalidad a través del Centro de Asesoramiento Social en Alquileres (CASA), el intendente Pablo Javkin suscribió este miércoles 31 de julio un acuerdo con el Colegio de Corredores Inmobiliarios de la Provincia de Santa Fe, Sede Rosario, el cual establece recomendaciones consensuadas a aplicarse en los futuros contratos de locación de inmuebles con destino habitacional en el ámbito de ciudad.

Las pautas establecidas a través del acuerdo con Cocir buscan despejar la incertidumbre generada desde que fuera dejada sin efecto la anterior ley de Alquileres, lo que acentuó la sucesión de normas con criterios dispares que en el transcurso del tiempo complicaron el abordaje de las locaciones.

La presidenta del Colegio de Corredores, Gabriela Ortiz de Urbina, explicó que el documento de buenas prácticas para realizar un contrato de locación «tiene diferentes puntos, pero uno de los más importantes es dar una muy buena publicación, es decir, hacer públicas las condiciones para realizar ese contrato de locación, especificando bien el plazo, el índice de actualización, y toda esa información de manera transparente para que toda la sociedad, y el vecino que vaya a contratar, sepa de antemano cuáles son las condiciones».

En representación de los corredores inmobiliarios, Ortiz de Urbina destacó el rol «del profesional matriculado para asesorar tanto al inquilino como al propietario, de las condiciones a llevar a cabo para que el contrato se realice de buena manera y pueda llevarse a su cumplimiento como corresponde».

Como pauta general, las recomendaciones consensuadas a través del compromiso de Cocir para los futuros contratos de locación involucran los siguientes aspectos:

Domicilio electrónico: se aconseja constituir domicilio electrónico para el ejercicio de los derechos y obligaciones que emanan del contrato de locación. En dicho domicilio se tendrán por eficaces y válidas todas las notificaciones, comunicaciones y emplazamientos que allí se dirijan por y para cada una de las partes contractuales.

Intereses moratorios: se aconseja -respecto de la tasa aplicable a los intereses que compensan la mora en el pago- la aplicación del último índice de precios al consumidor publicado por el Indec del mes inmediato anterior.

Gastos administrativos: se aconseja fijar el importe de los gastos administrativos -que realice cada corredor inmobiliario matriculado ante el Cocir- en un importe que no supere en ningún caso el 3% (tres por ciento) más IVA –si correspondiere- del canon locativo mensual fijado para cada período particular (incluyendo impuestos y otros gastos que abonen al corredor inmobiliario y/o la inmobiliaria).

Actualización de honorarios: se desaconseja la práctica de percibir honorarios -por parte de los corredores inmobiliarios- sobre los diferenciales generados por la actualización del precio del alquiler (imputando el pago de los mismos a los locatarios). Las partes firmantes sugieren y se comprometen a aunar esfuerzos para instar a las partes involucradas para culminar con la mencionada práctica. En los contratos de locación con destino habitacional los corredores inmobiliarios percibirán sus honorarios del 5% (más IVA de corresponder) sobre la base imponible resultante de la multiplicación del valor de locación inicial por el plazo del contrato, pagaderos al momento de la firma del contrato.

Actualización del canon y periodicidad: se aconseja fijar el precio del alquiler como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual sólo pueden realizarse ajustes semestrales. A estos fines, se sugiere que los ajustes deben efectuarse utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE), que debe ser elaborado y publicado mensualmente por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), bajo la denominación ICL (Índice del Costo de Locaciones).

Reparaciones y mantenimiento: se aconseja establecer expresa y específicamente que aquellas reparaciones que respondan a la obligación genérica de mantener en condiciones al inmueble, siempre y cuando no se deban a la culpa del Locatario, corran por cuenta del Locador, quedando en el Locatario el resto de reparaciones que respondan a la conservación y el mero mantenimiento.

Mediación ante Cocir: teniendo en cuenta las variadas situaciones que pueden presentarse a lo largo del contrato entre inquilinos y propietarios, es necesario establecer métodos prácticos, ágiles y amistosos, a fines de poder llegar a una rápida satisfacción de los intereses en pugna. En ese sentido, en la práctica diaria del rubro existen diferentes situaciones que, luego de varias intimaciones entre las partes, siguen sin llegar a un acuerdo y, en consecuencia, el litigio crece y se prolonga en el tiempo.

Buenas prácticas: en virtud de la experiencia acumulada en los últimos años, el Cocir y el Centro de Asesoramiento Social de Alquileres (CASA), identifican que un alto porcentaje de consultas sobre alquileres se originan por conflictos que se suceden por malos entendidos o confusiones propias derivadas de información que no es trasladada a tiempo o que no se transparenta en el momento de acordar la locación y posteriormente en la instancia de la firma del contrato.

Últimas Noticias