La figura del ecocidio se hizo muy presente en nuestra región a partir de los incendios en las islas del Paraná, muchos sectores sociales y Ongs vienen militando fuerte para concientizar sobre la idea del cuidado del medio ambiente.

Asimismo, se ha presentado una iniciativa en la Legislatura provincial con carácter de ley para incorporar el delito de ecocidio en el código procesal penal de Santa Fe.

La propuesta del diputado provincial Carlos del Frade pidió que se modifique el artículo 36, del capítulo I, del título III sobre la Justicia Penal, el cual quedará redactado de la siguiente forma: «Carácter y extensión. La jurisdicción se extenderá al conocimiento de los hechos cometidos y cuyos efectos se desarrollen en el territorio de la Provincia y afirmados como delictuosos por el actor penal, con excepción de aquellos de jurisdicción federal o militar. Como es el caso, entre otros, del ecocidio, explicó el legislador.

De acuerdo a las definiciones del Derecho Internacional, el ecocidio se define como el daño grave, la destrucción o la pérdida de ecosistemas de un territorio concreto, ya sea por mediación humana o por otras causas, a un grado tal que el disfrute pacifico de ese territorio por sus habitantes se vea severamente disminuido.

En ese sentido, Del Frade en su iniciativa apuntó hechos históricos en torno a la figura del Ecocidio: En 2010 la letrada Polly Higgins propuso una enmienda al Estatuto de Roma para que se incluyese el ecocidio como crimen internacional, añadió, dicha propuesta fue presentada ante la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Internacional, cuyo mandato es el de “promover el desarrollo progresivo del Derecho Internacional y su codificación”, redundó el diputado provincial.

Entre los aspectos trascendentes del proyecto remarca, el crimen de Ecocidio prohibirá el daño masivo y la destrucción de la Tierra mediante la creación de un deber jurídico de cuidado hacia todos los habitantes que se vean o hayan visto expuestos al riesgo de un daño importante.

La Ley sobre ecocidio previene, prohíbe y establece medidas para evitar, tanto el ecocidio causado por el hombre como las catástrofes naturales.

Además agregó que, al tratarse de una ley penal, su enjuiciamiento es un deber principal del estado; si un estado no quiere o no puede llevar a cabo tal enjuiciamiento, los individuos pueden buscar retribución a través de la Corte Penal Internacional (CPI).

La Ley sobre ecocidio tiene aplicación tanto penal como civil – En caso de una catástrofe ecológica (por ejemplo, el aumento del nivel del mar – ecocidio natural, la desforestación masiva – ecocidio causado por el hombre) o una devastación cultural (la pérdida del modo de vida de una comunidad – ecocidio cultural – “los estados partes no solo tienen el deber de enjuiciamiento, sino también el de prestar ayuda”, indicó el diputado del FSyP.

En tanto, Del Frade también agregó en su proyecto que existen propuestas para un nuevo tribunal internacional, como las del grupo de la Carta de Bruselas y la Coalición del Tribunal Internacional para el medio ambiente.

“Las leyes sobre ecocidios se fundamentan en la prevención del riesgo o de un hecho que genere un daño grave, de la destrucción o de la perdida de ecosistemas”, indicó el legislador agregando que, “establecen medidas para la toma de decisiones de carácter político, financiero y económico que puedan llevar a daños de consideración”.

Ahora bien, las propuestas para una Ley sobre Ecocidio datan de 1972. El entonces primer ministro de Suecia, Olof Palme, en su discurso inaugural de la Conferencia de Estocolmo sobre el Medio Humano, se refirió de modo explícito a la guerra de Vietnam como a un “ecocidio”.

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La Conferencia de Estocolmo centre la atención intencional, por primera vez, en asuntos medioambientales, en especial aquellos relacionados con la degradación del medio ambiente y la contaminación transfronteriza. Otros, entre los que incluía Indira Gandhi de la India y Tang Ke, el líder de la delegación china, denunciaron también la guerra en términos humanos y medioambientales. “También ellos instaron a que el ecocidio fuese reconocido como crimen intencional”, dijo el diputado Del Frade.

Asimismo, en la conferencia se formó un grupo de trabajo sobre delitos contra el medio ambiente y en 1973 se presentó en las Naciones Unidas un proyecto de Convenio sobre el Ecocidio.

Además, Del Frade recordó que “el crimen intencional de ecocidio estaba incluido en el borrador del Estatuto de Roma (1985 – 1996) y contaba con el apoyo de muchos países, pero fue eliminado en el último momento, pese a objeciones”.

“Mas allá de estos antecedentes, el incendio de los humedales vinculados al Delta del Paraná, merece una atención de parte del poder judicial de la provincia”, planteó el diputado y agregó: “Consideramos que es necesario incluir entre los delitos del Código Procesal Penal de Santa Fe, el delito de ecocidio”, destacó el Carlos del Frade.