Con el objetivo de evitar que se incremente el consumo de tabaco, especialmente en menores de edad, el Gobierno estableció hoy una serie de prohibiciones para las empresas fabricantes e importadoras, que no podrán incluir en sus productos leyendas o imágenes que «tengan el posible efecto de hacer más atractivo» el fumar.

A través de la Resolución 143/2022, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el Ministerio de Salud fijó nuevas normas para la divulgación de información al público acerca de los ingredientes de productos de tabaco y prohibió la posibilidad de que se incluyan en publicidades o etiquetados «la mención a ingredientes y aditivos, como saborizantes, aromatizantes o cualquier otro tipo de ingrediente, haciéndose extensivo la prohibición a leyendas, imágenes o signos figurativos que hagan referencia a los mismos, o a sus posibles efectos sensoriales y/o que tengan el posible efecto de hacer más atractivo el consumo del producto por los niños y adolescentes, o dar la idea de que sea menos riesgoso para la salud».

Entre las expresiones o mensajes que ya no podrán utilizarse se incluye la información sobre ingredientes supuestamente beneficiosos para la salud, como frutas y verduras, hierbas, nutrientes, vitaminas, otros productos, sustancias, características o procesos que puedan dar la idea de que el producto sea menos riesgoso para la salud; palabras como «Light», «Suave», «Mild», «bajo en contenido de nicotina y alquitrán», «Natural», «Frutal», «Libre de aditivos», «Puro», «Orgánico» o términos similares.

Tampoco se podrán utilizar términos vinculados a posibles aromas o sabores, como chocolate, cacao, azúcar, dulces, mentol, menta, frutas, caramelo, golosinas en general, vainilla, café, moca, crema, mojito, daiquiri, especias, entre otros; o conceptos como fuerza, energía, ni efectos sensoriales como Sense, Fresco, Fresh, Cool, Frío, Ice, Winter, Caliente, Fuego, Fire, Summer, y otros.

La cartera conducida por Carla Vizzotti también fijo que no podrán emplearse otras asociaciones que puedan resultar atractivas para los jóvenes como las referidas a contenidos musicales, de danza, de juegos, u otras, como Shuffle, Remix, entre otras.

El objetivo de la norma es que a través de la publicidad o el empaquetado no pueda minimizarse el daño que produce fumar, ni se atraiga a los menores de edad a iniciarse en el consumo de tabaco.

Normas para la Divulgación de Información al Público Acerca de los Ingredientes de Productos de Tabaco by Conclusión Diario Digital on Scribd

«La autoridad sanitaria nacional dispondrá con exclusividad la información al público en el etiquetado y publicidad sobre ingredientes de los productos de tabaco y/o sus posibles efectos, con el objetivo de dar a conocer las consecuencias para la salud, la naturaleza adictiva y la amenaza mortal que plantea el consumo de tabaco y la exposición al humo de tabaco», subrayó el Ministerio de Salud.

Las empresas fabricantes e importadoras de productos de tabaco tendrán un año a partir de la entrada en vigencia de la medida para adecuar las etiquetas de los productos de tabaco que comercializan y la publicidad de los mismos y un plazo de seis meses previo al lanzamiento de nuevos productos para presentar ante el Ministerio de Salud la propuesta de etiquetado y publicidad de los mismos para su autorización.

El tabaquismo es un problema mundial de salud pública con devastadoras consecuencias sanitarias, sociales, económicas y ambientales que hoy es responsable de más de 8 millones de muertes anuales en el mundo y de costos sanitarios y ambientales que incluso exceden las recaudaciones fiscales por impuestos al tabaco.

El consumo de tabaco es causa de enfermedades respiratorias graves, como enfisema y EPOC, cáncer de pulmón, boca, labios, lengua, laringe y faringe, cáncer de estómago, de esófago, de páncreas, de vejiga, de riñón, de cuello de útero, de colon y de recto, de hígado, de mama, de la cavidad nasal, de ovario y ciertas formas de leucemia, y también es causa de patologías cardiovasculares, como enfermedad coronaria, ACV y enfermedad vascular periférica.

Esta epidemia representa la primera causa de muerte prematura evitable a nivel mundial y en la Argentina produce más de 40 mil muertos por año, incluyendo alrededor de 5 mil muertes anuales en no fumadores por exposición al humo de tabaco ajeno.