La sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, otorgó un plazo de 90 días para que la Asociación Civil Jockey Club, «reglamente mecanismos de afiliación, mediante los cuales se permita el ingreso y la pertenencia en su institución a socias mujeres».

De este modo, en forma coincidente con lo reglamentado por la Inspección General de Justicia (IGJ) en la resolución 748/2022, del 24 de Junio de 2022, el tribunal conformado por Carlos A. Calvo Costa, María Isabel Benavente y Guillermo D. González Zurro, reafirmó la igualdad y la no discriminación negativa de las mujeres por razones de género.

Esta centenaria institución había interpuesto un recurso directo contra la Cámara con el objetivo de que la Justicia resuelva la nulidad de la medida, pero la sentencia le resultó finalmente adversa. Destacando que entre sus 6000 socios afiliados, no hay ninguna mujer.

La IGJ había señalado que la entidad «no contaba en la actualidad, con ningún miembro activo de sexo femenino con más de 10 años de antigüedad», a pesar de constar en su estatuto como requisito para integrar la comisión directiva, la Cámara instó a dicha entidad a comunicar a través de su página web institucional la apertura de las nuevas afiliaciones, y a presentar, en el plazo de 60 días, el texto ordenado del estatuto social y el nuevo reglamento.

En su fallo el tribunal destacó que: «entre las limitaciones a la libertad de asociarse se encuentra la imposibilidad de discriminar en razón del género, cuya prohibición fluye de la Constitución Nacional, de los tratados con jerarquía constitucional, de la Convención Americana de Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; Pacto Internacional de Derechos Sociales, Económicos y Culturales; Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 y en la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer».

En Rosario la situación cambió en 2021

En diciembre del año pasado, con un 99% de votos a favor, ninguno en contra y un 1% de abstenciones, se aprobaron en asamblea los nuevos estatutos que le dieron acceso a derechos plenos a las mujeres.

De esta manera, dejaron de ser “adherentes” y pasaron a ser “socias plenas”. 

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