Anses otorga el organismo previsional mensual por cada hijo menor de 18 años o sin límites de edad cuando tenga una discapacidad. El pago se le da a uno de los padres, madre o tutor. La asignación se abona por un máximo de 5 hijos y se puede solicitar desde el momento del nacimiento.

Es una suma mensual que paga la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) por cada hijo menor de 18 años cuando sus progenitores están desocupados, tienen empleos informales, son trabajadores del servicio doméstico. No hay límite para cobrarlo si el hijo tiene discapacidad.

¿A quiénes les corresponde?

  • Personas desocupadas.
  • Trabajadores no registrados (sin aportes).
  • Trabajadores/as del servicio doméstico.
  • Monotributistas sociales.

Personas inscriptas en los programas Hacemos Futuro (Argentina Trabaja y Ellas Hacen), Manos a la Obra y en programas compatibles del Ministerio de Trabajo.

Ante alguna duda o consulta, puede acercarse al CAJ más próximo. ¿Cuáles son los requisitos?

  • De los/as padres o madres:
  •  Ser argentinos, residir en el país y tener DNI.
  • Si son extranjeros o naturalizados, tener 3 años de residencia y DNI.
  • No percibir ninguna suma de dinero en concepto de prestaciones contributivas o no contributivas, subsidios, planes, jubilaciones, pensiones, etc.
  • Ganar igual o menos que el salario mínimo, vital y móvil (este salario en agosto de 2018 es de $10.000).

Del hijo:

  • Ser argentino, residir en el país y tener DNI.
  • Si es extranjero o naturalizado, tener 3 años de residencia y DNI.
  • Ser menor de 18 años y sin límite de edad en el caso de hijo con discapacidad.
  • Ser soltero

Documento en revisión

Si tiene una discapacidad, el hijo también debe:

  • Contar con una autorización para el pago de asignaciones por hijo con discapacidad vigente emitida por ANSES.
  • Figurar en la Base de Personas de ANSES relacionado con quien lo tiene a cargo.
  • Ser soltero, divorciado, separado o viudo.
  • Si es mayor de edad y no tiene madre, padre, tutor o curador se abona esta asignación al pariente que tenga la obligación de darle alimentos, determinado por un/a juez/a.

¿Puede el tutor del niño cobrar la asignación?

Sí. El tutor, guardador o curador puede cobrar la Asignación Universal por Hijo para cuidar del niño pero debe ser otorgado por un juez.

¿Puede un pariente del niño cobrar la asignación?

Sí. Si está a cargo del niño y es su abuelo, tío o hermano puede cobrar la asignación.

¿Cómo realizo el trámite?

  • Tu hijo debe figurar en la Base de Personas de ANSES y debe estar relacionado con vos.
  • Revisá si tus datos personales, vínculos familiares y domicilio están actualizados en Mi ANSES.
  • Preséntate en una oficina de ANSES sin turno con la documentación indicada.

Ante alguna duda o consulta, puede acercarse al CAJ más próximo. ¿Qué documentación debo presentar?

Si contás con todos los datos actualizados no es necesario que presentes nuevamente la documentación.

¿Qué debo hacer si no tengo los datos actualizados?

Si tus vínculos familiares no están actualizados, cuando vayas a ANSES debés llevar el original y la copia de:

  • Las partidas de nacimiento de los menores,
  • El certificado de matrimonio o convivencia,
  • Los DNI del grupo familiar.

Si tenés un hijo con discapacidad, además debés presentar:

  • El Certificado Único de Discapacidad (CUD)
  • La Declaración Jurada para el cobro de la Asignación
  • Familiar por Hijo con Discapacidad (PS 2.71).

Este trámite es con turno en una oficina de ANSES.

Para saber qué documentación presentar, sacar turno u obtener más información comunícate a ANSES llamando al 130 o ingresando a www.anses.gob.ar, o acércate al CAJ más cercano.