SáBADO, 30 DE NOV

Trabajadores de la construcción cobrarán en septiembre la primera cuota de la suma fija de $60.000

El monto fue reglamentado recientemente en el Boletín oficial, buscando "mejorar los ingresos reales de la población, atendiendo en particular a los segmentos con mayor grado de vulnerabilidad social", según se desprende de un párrafo del Considerando.

 

Los trabajadores de la construcción nucleados en la UOCRA cobrarán en septiembre la primera cuota de la suma fija de hasta $60.000 establecida por el Gobierno nacional.

El monto fue reglamentado recientemente en el Boletín oficial, buscando «mejorar los ingresos reales de la población, atendiendo en particular a los segmentos con mayor grado de vulnerabilidad social», según se desprende de un párrafo del Considerando.

En tanto, octubre será el segundo y último mes de liquidación del adicional.

¿Qué establece el convenio de la UOCRA respecto a la suma fija para trabajadores de la construcción? Este punto viene a colación de la reciente publicación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, señalando una nueva reglamentación aclaratoria sobre la forma de adopción de la suma fija de hasta $60.000, según el estadio de convenio colectivo por sector.

En dicha reglamentación – su artículo 1° – se específica la posibilidad de absorción de las asignaciones no remunerativas, «siempre y cuando el mecanismo para absorberlas haya estado previsto en forma expresa en cláusulas de los Acuerdos o Convenios Colectivos de trabajo ya pactados para las remuneraciones devengadas en los meses de agosto y setiembre de 2023».

«En caso de no estar específicamente acordado, los aumentos salariales ya pactados no podrán ser objeto de absorción», continuó el texto.

En ese sentido, el punto 2 del Convenio Colectivo de Trabajo 577 de los trabajadores de la construcción prevé la absorción o compensación “hasta la concurrencia”, aunque “de los incrementos en el nivel de ingreso de los trabajadores otorgados voluntariamente por los empleadores y/o por acuerdos o convenios colectivos, ya sea con carácter remunerativo o no remunerativo. Es decir, no por iniciativa estatal”, agregó.

Asimismo, el inciso 3 amplía diciendo que “las partes dejan expresamente establecido que la aplicación de la precedente cláusula de absorción en ningún caso podrá traducirse en una disminución del nivel total de ingreso que, para una prestación laboral equivalente en cuanto a su duración, condiciones de trabajo, régimen de turno y demás condiciones, hubiera percibido cada trabajador alcanzado”.

Ante este escenario, la suma fija para trabajadores de la construcción impactará en las cinco categorías (Oficial especializado, oficial, medio oficial, ayudante, sereno), cuyo tope se estableció para ingresos netos de hasta $400.000.

Por último, en este mes se devengarán los ingresos de agosto, con un incremento del 9% pactado en la última revisión paritaria de junio.

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