Está previsto que éste sábado, un grupo de inspectores de la cartera de Trabajo y del ministerio de la Producción fiscalicen a los supermercados para constatar que se esté cumpliendo con la ley que establece que los comercios deben permanecer con sus puertas cerradas durante los feriados patrios.

El ministro de Producción Luis Contigiani advirtió que «se estarán realizando controles en pos de cumplir lo que la ley provincial precisa. Los supermercados alcanzados por la normativa no deben abrir sus puertas los feriados patrios como el 9 de julio, el 25 de mayo o el 20 de junio, como tampoco el Día del Empleado de Comercio, que se celebra los 26 de septiembre. Aunque la normativa no alcanzaría a los feriados puente», precisó.

El 9 de Julio es uno de los feriados establecidos como inamovibles por ley nacional y además es una de las cuatro fechas establecidas en el artículo primero de la normativa provincial “taxativamente“ –esto es, en forma precisa y tajante– para el cierre obligatorio, junto al 25 de Mayo, el 20 de Junio y el Día del Empleado de Comercio, que se celebra cada 26 de septiembre pero se hace efectivo en Rosario el miércoles de la última semana de ese mes cada año.

«Si Coto sigue así, vamos directo a la clausura», dijo el ministro de la Producción santafesino, Luis Contigiani, y aseguró que la posición de la cadena Coto de violar la ley de descanso dominical, además increpó a las cadenas por deslizar que volvería a hacerlo este fin de semana y decribió que posición «es autoritaria, ilegal, soberbia y antidemocrática».

El jueves pasado, desde la Asociación la Asociación de Empleados de Comercio de Rosario, se hizo pública la denuncia que le formularon por sedición a las cadenas Coto y Carrefour por incumplimiento de la ley.

La denuncia de los mercantiles se encuadra dentro del texto del artículo 230, inciso 2º del Código Penal, que impone penas a “los que se alzaren públicamente para impedir la ejecución de las leyes nacionales o provinciales o de las resoluciones de los funcionarios públicos nacionales o provinciales, cuando el hecho no constituya delito más severamente penado por este código”.

Respecto de los denunciados, sostuvieron que podrían recibir la revocatoria de la habilitación para operar en la ciudad de Rosario debido a la violación de la ley de regulación de grandes superficies que rige en la provincia de Santa Fe.

La normativa sancionada por la legislatura provincial entró en vigencia el domingo 3 de julio y fue respetada por la mayoría de los 39 grandes supermercados que operan en la ciudad, aunque las cadenas Coto y Jumbo decidieron no acatar la orden.

Esas dos cadenas decidieron abrieron las puertas de sus supermercados en rechazo de la normativa -que otorga descanso dominical obligatorio para todos los trabajadores del rubro- por considerarla perjudicial para el sector.

La ley provincial impulsada por el gremio mercantil fue aprobada en diciembre de 2014 por la mayoría socialista de la Legislatura y este año contó con la adhesión del Concejo Municipal de Rosario.

La norma estipula que los supermercados, hipermercados y megamercados con superficies superiores a los 1.200 metros cuadrados no podrán abrir sus puertas los días domingos, para que sus trabajadores descansen.

Las autoridades municipales de Rosario impusieron multas: Coto deberá pagar 340.000 pesos por abrir sus cinco sucursales en Rosario el domingo; y Jumbo, que solo cuenta con un espacio en el shopping Alto Rosario, fue reprendida con 68.000 pesos.

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe, Julio Genesini, dijo ahora que de acumular tres sanciones similares, la municipalidad o el gobierno santafesino podrán revocar la habilitación a estas grandes compañías.

El funcionario confirmó que el próximo fin de semana volverán los controles por el descanso dominical con el apoyo logístico de la Policía de Santa Fe, por lo que se registrarán todos los locales comerciales con superficies superiores a 1.200 metros cuadrados.

«Después de la tercera sanción, correspondería la clausura por diez días. A partir de allí, hay un poder limitante que concede la habilitación para funcionar. Y en caso de incumplimiento reiterado de la normativa podrá darse paso a incluso a la caducidad de la habilitación», dijo el ministro santafesino.