Un amparo de la Justicia obliga al Banco Piano a permitir la actividad sindical durante el período de aislamiento social obligatorio ante las constantes trabas por parte de la entidad a los delegados que intentan constatar el cumplimiento de los protocolos de seguridad para los trabajadores.

Se trata del primer caso con una resolución judicial de una tendencia en auge por la cual en varios rubros de la actividad privada se obstaculiza la labor de los delegados con el argumento de que no representa una «actividad esencial» amparada por las excepciones dispuestas por el Gobierno a la cuarentena.

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La cautelar del Juzgado nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 73, a cargo de la jueza Silvia Barrionuevo benefició a los delegados de la comisión gremial interna que habían presentado un recurso ante la Justicia laboral por el intento de los directivos de la entidad financiera de impedirles el acceso a los puestos de trabajo.

La empresa primero les había prohibido el ingreso a las sucursales, en algunos casos con policías, y luego los intimó con cartas documento bajo la amenaza de denunciarlos por romper el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Ahora la jueza Barrionuevo intimó a la empresa a extender en un plazo no mayor a tres días un certificado de libre tránsito para los representantes gremiales de su casa central y dispuso una multa de 5 mil pesos por cada día de incumplimiento.

El denunciante, Mariano Aníbal Martínez, delegado de la Asociación Bancaria en la entidad, alegó en su presentación que tras haber tomado conocimiento de que «el banco incumplía con las medidas sanitarias impuestas para el personal que se desempeña tendientes a evitar el contagio del Covid-19», intentó entrar en la casa central para interiorizarse de las presuntas irregularidades pero le fue prohibido.