SáBADO, 30 DE NOV

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AVANCE

Reglamentaron la ley de promoción laboral de personas travestis, transexuales y transgéneros

Los tres Poderes del Estado Nacional, los ministerios públicos, los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales y las empresas y sociedades del Estado, deben ocupar en una proporción no inferior al 1% de la totalidad de su personal, puestos de trabajo con personas travestis, transexuales y transgénero.

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