LUNES, 02 DE DIC

La Ley de Víctimas tuvo sanción definitiva en Santa Fe: cuáles son los puntos principales

La norma consiguió la sanción definitiva en la Cámara baja provincial luego de ser aprobada por el Senado santafesino el pasado 20 de octubre.

 

La Cámara de Diputados y Diputadas de Santa Fe aprobó este jueves por unanimidad la Ley de Protección de Derechos y Garantías de Víctimas de Delitos y sus familiares, que garantiza la representación judicial gratuita e instrumenta un conjunto de medidas que permitirán la participación activa en los procesos penales.

La norma consiguió la sanción definitiva en la Cámara baja provincial luego de ser aprobada por el Senado de Santa Fe el pasado 20 de octubre e identifica como víctimas a las personas que hayan sufrido un daño directo por un hecho delictivo y a sus familiares.

Puntualmente, el texto -que debe ahora debe ser promulgado por el Ejecutivo provincial- define tres tipos de víctimas:

  • Víctima directa: la persona que haya sufrido un daño directo por el hecho delictivo.
  • Víctima indirecta: cuando el resultado del delito sea la muerte de la víctima directa o cuando ésta hubiera sufrido una afectación psíquica o física que le impida ejercer sus derechos, se considerarán víctimas al conyugue el conviviente, los padres, el adoptante, los hijos, los hermanos, los tutores o guardadores, o su principal referente afectivo.
  • Víctimas de existencia ideal: aquellas asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones cuyos bienes jurídicos hayan sido afectados por un delito.

Las personas o asociaciones encuadradas en alguna de estas categorías contarán con herramientas que les permitan tener plena participación en los procesos judiciales, entre ellas: asesoramiento, asistencia, representación y protección.

Para esto, la normativa crea un organismo público que tendrá «como principal misión velar por la protección y el empoderamiento de las víctimas en las instancias judiciales, administrativas y sociales en conjunto con la labor de los Centros de Acceso a la Justicia y los Centros de asistencia de las Víctimas y Testigos de la Defensoría del Pueblo».

Asimismo, a los fines de garantizar el cumplimiento de esta Ley, los operadores del sistema penal deberán realizar una capacitación obligatoria que les permitirá incorporar «enfoques vinculados con la perspectiva de víctimas y victimología».

A la vez, el proyecto aprobado insta a reconocer e incorporar en el entramado institucional provincial a las Asociaciones de Víctimas como actores de la sociedad civil que representan a este colectivo, siempre con el fin de contar con su participación y opinión.

Esto último permitirá que dichas asociaciones estén presentes en diferentes ámbitos de la vida institucional santafesina, como sucedió con en el Consejo de Seguridad de la Provincia, al que el gobernador Omar Perotti decidió incorporar ante reiterados pedidos del sector.

Al momento de la votación, el autor de la iniciativa, el diputado Oscar «Cachi» Martínez, agradeció la paciencia de los familiares de las víctimas y destacó que «transformaron el dolor en acción».

«Si bien no van a poder tener la reparación necesaria, hoy se está cambiando el paradigma de la Justicia», planteó el legislador al hacer uso de la palabra.

En esa sintonía, la ley fija que la víctima podrá prestar declaración en su domicilio, por medios virtuales que permitan su transmisión o en una dependencia especialmente adaptada a tal fin, pero también acercar su declaración por escrito.

La idea es evitar la revictimización y que -tal dijo Martínez- «en los pasillos de Tribunales no se crucen con los imputados».

Además, en línea con la intención de garantizar la protección de las víctimas, «los funcionarios judiciales tendrán la responsabilidad de actuar de inmediato y disponer medidas cautelares, sobre todo si está en riesgo la vida» de alguien.

Ley de Víctimas de Delitos en Santa Fe by Conclusión Diario Digital on Scribd

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