Santa Fe: elevan a juicio la causa Turismo Oldani por intermediación financiera no autorizada
Se trata de diez personas, entre las cuales se encuentran la hija y allegados de Hugo Oldani, asesinado en febrero de 2020. De acuerdo a la acusación, todos integraban una organización creada por el empresario fallecido que realizaba distintos tipos de operaciones financieras y cambiarias sin autorización del Banco Central.
- Judiciales
- Feb 11, 2022
El titular de la Fiscalía Federal de Primera Instancia N°2, Walter Rodríguez, solicitó la elevación a juicio de diez personas vinculadas a la firma Turismo Oldani por intermediación financiera no autorizada. De acuerdo al requerimiento, los acusados -entre los que se encuentran la hija y varios allegados del empresario Hugo Oldani, asesinado en febrero de 2020- integraban una organización realizaba distintos tipos de operaciones financieras y cambiarias sin autorización del Banco Central.
El requerimiento de elevación a juicio abarca a Virginia Oldani, María José Calle, Carina Chelmo, Leandro Forchetti, Flavio Giuolini, Marco Molinas, Ariel Trucco, Eugenio Alonso, Carlos Ciochetto y Carlos Bacigaluppo. Todos ellos habían sido procesados en abril de 2021 al considerarse que en el local de Turismo Oldani, perteneciente al fallecido Hugo Oldani, “se llevaron a cabo distintas maniobras de manera habitual y con alcance interjurisdiccional reservadas al sistema financiero, por parte del nombrado y terceras personas, entre las cuales se encuentran los imputados en las presentes, quienes no estaban habilitados para realizarlas”.
De acuerdo a la acusación, en el local funcionó una banca de hecho desde tiempo indeterminado hasta el 11 de febrero de 2020, cuando se produjo el homicidio de su dueño y director. Para el Ministerio Público Fiscal, Oldani moldeó una estructura ilegal encargada de desarrollar funciones reservadas al sistema financiero bajo la apariencia de de una agencia de turismo. En su requerimiento, el fiscal Rodríguez destacó que, al momento del asesinato, se encontraba bajo la orbita de Oldani una suma de dinero en efectivo local y extranjero que debe ser tomado en cuenta como evidencia de actividades tendientes a procurar y hacerse de recursos financieros de terceros para luego prestarlos al público. Ese dinero luego desapareció de la escena del crimen, cuando Virginia Oldani, junto a otras dos personas, ingresó al local durante una inspección ocular y luego todos se retiraron portando mochilas y bolsos. Para el fiscal, “el dinero efectivo que se encontraba en el lugar fue asegurado irregularmente con motivo de representar un elemento demostrativo de las operaciones financieras no autorizadas por el BCRA”.
Al igual que cuando solicitó los procesamientos de los diez imputados, en su requerimiento Rodriguez detalló que la organización operaba ilegalmente en cuatro modalidades distintas:
-la obtención de dinero otorgado por terceros a favor de Hugo Oldani por tiempo determinado a cambio de una tasa de interés y con la posibilidad de renovación;
-la búsqueda de tenedores de cheques con intención de cederlos a cambio de dinero líquido que se entregaba a plazo y condicionado a acreditación bancaria, a quienes Oldani les descontaba un porcentaje;
-la colocación de los recursos financieros obtenidos en préstamos inmediatos como “rueda de auxilio” a favor de terceros en operaciones propias de aquellos y con escaso plazo de devolución, préstamos de dinero con aplicación de intereses garantizado con la entrega de cheques propios del tomador y con opción de recupero en caso de devolución del efectivo con antelación a la fecha de vencimiento, y préstamos de dólares estadounidenses cuya devolución se pactaba en cuotas mensuales, con opción de pagarlas en moneda nacional, considerando la cotización de la divisa en el mercado informal al día de su cumplimiento;
-utilización del mecanismo en virtud del cual particulares ingresan divisas al país o las transfieren al exterior, a cambio de una comisión de servicio calculado sobre el monto de la operación.
Las responsabilidades
Según la división de roles establecidas por el fiscal Rodríguez, Virginia Oldani y María José Calle actuaban bajo el control de Hugo Oldani como sus brazos ejecutores con roles equiparables a administrativos y ejecutivos, pero sin autonomía para tomar decisiones por cuenta propia. Registraban transacciones, atendían la cartera de clientes, recibían, devolvían, transferían y depositaban dinero en efectivo y llevaban a cabo el sistema de organización del ingreso de cheques. En su carácter de presidenta de Mediterránea Sociedad de Valores, Carina Chelmo intervenía en transacciones para ingresar o transferir divisas por fuera de la estructura de la agencia de turismo, pero con la anuencia de Oldani.
Por su parte, Leandro Forchetti proveía cheques a Oldani a cambio de una comisión, que los tomaba contra acreditación y bajo el cobro de una comisión para luego entregarlo a personas vinculadas al grupo Carey, mientras que, de acuerdo a la acusación, Flavio Giulioni participaba de las operaciones con cheques recibiendo títulos y depositándolos por medio de agentes ubicados en la Ciudad de Buenos Aires y Paraná, a cambio de una comisión. En ese mismo sistema, Ariel Trucco y Eugenio Alonso funcionaban como un nexo intermediario en movimientos de dinero para ingresar al país o transferirlo al exterior a cambio de una comisión calculada sobre el monto de la operación. Molinas también fue señalado como parte de la operatoria con cheques, entregando títulos a Oldani y como intermediario en los movimientos de dinero.
Por último, Carlos Ciochetto y Carlos Bacigaluppo, en su carácter de operadores del Grupo Carey y la Mutual 29 de Noviembre, participaban en operaciones con cheques, e intervienen en transacciones a partir de un mecanismo concebido para ingresar al país divisas o transferirlas al exterior, todo mediante la gestión de cuentas en pesos y en dólares que Oldani tenía habilitadas en estas firmas. Además, también operaban en la constitución de plazos fijos, cobros de cheques y cambio de divisas requeridos por terceros, siempre cobrando un porcentaje sujeto al monto total afectado.