Rafael Nahuel: la Secretaría de Derechos Humanos apelará el fallo contra los prefectos
La Secretaría apelará el procesamiento de los prefectos por “exceso en la legítima defensa”, por considerar que corresponde la imputación por homicidio calificado.
- Conclusión en Buenos Aires
- Jun 17, 2021
El Juez Federal subrogante de Bariloche Gustavo Zapata dictó, este miércoles, el procesamiento de cinco albatros de la Prefectura Naval Argentina por el homicidio de Rafael Nahuel, ocurrido en noviembre del 2017, al entender que los imputados fueron responsables del “delito de homicidio agravado por su comisión con violencia contra las personas mediante la utilización de armas de fuego, cometido con exceso en la legítima defensa”.
Esta imputación implica que –en la consideración del juez- existió un “enfrentamiento” entre el grupo de mapuches entre quienes estaba Nahuel y los albatros, y que estos últimos se habrían “excedido” en el uso racional de la fuerza causando así la muerte de Nahuel.
El magistrado tomó como válida la última de las pericias balísticas realizadas en la ciudad de Salta, que arrojó como resultado que la bala homicida partió de la pistola del prefecto Sergio Cavia, a quien procesó como autor del hecho.
Sin embargo, el magistrado entendió que los otros cuatro albatros que estaban junto a Cavia y que dispararon alrededor de 150 municiones letales –Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio Damián García- merecen el mismo reproche penal como “partícipes necesarios” del hecho, considerando que contribuyeron al escenario propicio para que Cavia le diera muerte a Nahuel.
Desde la Secretaría de Derechos Humanos, que actúa como querellante en la causa, se apelará la resolución al considerar que no hay ninguna prueba en la causa que sostenga la teoría de un “enfrentamiento” con armas de fuego que pudiera haber puesto en riesgo a un grupo de elite como los albatros.
Según la querella de la SDH, durante el reconocimiento del terreno que se realizó después del hecho no se encontró ninguna vaina ni rastro de arma de fuego aparte de las decenas que pertenecían a los prefectos. Además, la bala que mató a Rafael Nahuel le ingresó por la espalda, lo cual implica una situación de escape y no de agresión al momento del disparo mortal. Para la Secretaría de Derechos Humanos se trató de un homicidio calificado, sin ninguna justificación que sirva de atenuante.